Resoluciones de Concejo
Resolución | Detalle | Documento | Fecha | Comisión | |
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C 114 2020 | Artículo 1. - Solicitar a la Secretaría General de Planificación, la publicación en el portal institucional de Gobierno Abierto, en la Sección “Concejo Abierto”, de toda la información relacionada con la identificación del Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito y su equipo asesor; así como de los miembros del Cuerpo Edilicio y de los integrantes de sus equipos de trabajo, incluyendo informes de gestión periódicos, conforme lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente. De igual manera, esa información deberá ser publicada respecto de todos los secretarios generales y metropolitanos, gerentes de empresas públicas metropolitanas, directores generales y supervisores metropolitanos.Artículo 2. - Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo precedente, en el término máximo de quince (15) días, se remitirá a la Secretaría General de Planificación la siguiente información: i. La Dirección Metropolitana de Recursos Humanos, el detalle de la nómina de los integrantes de los equipos de trabajo, funcionarios directivos y servidores de carrera de la Alcaldía Metropolitana y de los concejales y concejalas metropolitanos; ii. El Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito y las y los concejales metropolitanos, las funciones que cumple cada uno de ellos; y, iii. Las autoridades referidas en el segundo inciso del artículo anterior, la nómina y funciones de los integrantes de sus equipos de trabajo.En el caso del Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito y de las y los concejales metropolitanos, la información a remitirse incluirá a toda persona que haya formado parte de sus despachos desde el 15 de mayo de 2019 hasta la presente fecha, detallando quienes ya no se encuentren en funciones. Así mismo, remitirán la siguiente información: 1. El plan de trabajo debidamente presentado ante la autoridad electoral nacional; 2. Los informes de rendición de cuentas; y, 3. Los informes que los concejales, en calidad de Presidentes de las Comisiones permanentes del Cuerpo Edilicio, deben presentar conforme el artículo I.1.18, letra l) del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito. | 22/12/2020 | N/A | ||
C 113 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-014 emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición de los predios Nros. 77221y 48259, con claves catastrales Nros. 12704-25-016 y 10604-11-002, respectivamente, ubicados en las parroquias Ponceano y Mariscal Sucre de este cantón, solicitada por Marco Patricio Jarrín Molina, debido a que los predios materia de la partición no cumplen con las especificaciones técnicas y legales, en el caso del predio Nro. 77221 el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 300 m2 , requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio se trata de una unipropiedad de 218.20 m2 de superficie; y, en el caso del predio Nro. 482559, este forma parte de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal y se encuentra debidamente individualizado con su respectiva alícuota, en estas condiciones, no pueden cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a las Administraciones Zonales Eugenio Espejo y La Delicia, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 112 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-013 emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 8203, clave catastral Nro. 10904-12-003, ubicado en la parroquia Iñaquito de este cantón, solicitada por la Sra. Emma Esperanza Balseca Salas con su abogado patrocinador Javier Federico Loaiza Espinosa, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 600,00 m2., requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 379,00 m2., conforme escritura y 378,91 m2., según área gráfica; por lo tanto, no cumple con los requisitos y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 111 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-012 emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 796696, clave catastral Nro. 31904-40-019, ubicado en la parroquia La Argelia de este cantón, solicitada por el Sr. Carlos Rigoberto Chamorro Ortega, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 200 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 220.00 m2; por lo tanto, no puede cumplir con los requisitos y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 110 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-011 emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 1211497, clave catastral anterior Nro. 20802-13-013, ubicado en la parroquia La Ferroviaria de este cantón, solicitada por la Abg. Alejandra Lahuatte, Secretaria de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón de Quito, dentro del proceso judicial No. 170203- 2018-02663, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 200, 00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 219,16 m2; por lo tanto, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 109 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-010 emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 185907, clave catastral Nro. 15811-14-006, ubicado en la parroquia San Antonio de este cantón, solicitada por el Dr. William Rodrigo Llerena Robles, Secretario Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, dentro del proceso judicial No. 17953-2018-0001, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 600,00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 657,00 m2; por lo tanto, no puede cumplir con los requisitos y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal La Delicia, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 108 2020 | Artículo 1.- Exhortar a las autoridades competentes de la Administración Pública Central y especialmente a los miembros que integran el Comité Técnico del INEN sobre Calidad de Combustibles, a fin de que analicen la viabilidad de aprobar la actualización de la Norma Técnica NTE INEN -1489, con un límite máximo de 50 ppm de azufre con relación al diesel, a efecto de que este conforme al Decreto Ejecutivo 1158 de 4 de septiembre de 2020, de tal manera que se garantice los derechos a la salud y a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado de los habitantes del país y de la ciudad, a través de la reducción de contaminación del aire generado por las emisiones de vehículos a diesel.Artículo 2.- Exhortar a las autoridades de la Función Ejecutiva del Gobierno Nacional, tomen las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de la norma técnica INEN de calidad de combustibles, se establezcan mecanismos efectivos de control una vez aprobada la misma, así como los cronogramas de acción con periodicidad anual.Artículo 3.- Disponer a la Secretaría del Concejo Metropolitano que una vez suscrita la presente Resolución, la remita de manera inmediata los miembros que integran el Comité Técnico del INEN sobre Calidad de Combustibles y a las autoridades de la Función Ejecutiva.Artículo 4.- Solicitar al señor Alcalde, delegue a la Secretaría de Ambiente, como máxima autoridad ambiental del Distrito Metropolitano de Quito, para que realice el seguimiento a las medidas adoptadas y mecanismos de control para el cumplimiento de la norma INEN, establecidas por parte de la Función Ejecutiva del Gobierno Nacional.Disposición Transitoria: La Secretaría de Ambiente, en el plazo máximo de 30 días presentará un informe al Concejo Metropolitano de Quito, sobre el avance y posibles resultados de la aprobación de la propuesta de Revisión de la Norma Técnica NTE INEN - 1489 elaborada por el Comité Técnico, por parte de la Función Ejecutiva del Gobierno Nacional. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 107 2020 | Artículo 1.- Otorgar la Medalla de Honor Institucional a la Empresa Pública Metropolitana de Transporte de Pasajeros de Quito, por cumplir 25 años de servicio a la colectividad como una muestra de reconocimiento del aporte que ha brindado en mejorar la calidad de vida de la ciudadanía del Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Entregar un acuerdo de felicitación a los servidores y servidoras de la Empresa Pública Metropolitana de Transporte de Pasajeros de Quito, por cumplir 25 años al servicio y compromiso de la comunidad, conforme el siguiente detalle ubicado en la presente Ordenanza. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 106 2020 | Artículo Único.- Entregar un acuerdo de felicitación a la Unión Artesanal de Productores Progresistas de Masapán Calderón, por su invaluable aporte en la conservación y rescate del arte popular y de manera especial por mantener vivas las tradiciones culturales de nuestra ciudad. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 105 2020 | Artículo 1.- Acoger el Informe de la Comisión de Educación y Cultura No. CEC-2020- 003, y, por tanto, otorgar la Medalla al Mérito “Carlos Andrade Marín”, por haber prestado sus servicios a la Municipalidad de forma ininterrumpida, honesta, responsable y con una conducta intachable durante 25 años, a las servidoras y servidores municipales detalladas a continuación en la presente Ordenanza.Artículo 2.- Otorgar diploma de honor a los cien (100) servidoras y servidores municipales, conforme el listado adjunto al Oficio Nro. GADDMQ-DMRH-2020-02514- O de 08 de diciembre de 2020, suscrito por la doctora María Inés Hidalgo, Directora Metropolitana de Recursos Humanos, por motivo de sus 25 años de servicio a favor de la Municipalidad.Artículo 3.- Encárguese a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección Metropolitana de Protocolo y Relaciones Públicas conjuntamente, la organización del evento respectivo para cumplir con la entrega de las medallas y diplomas referidos.Artículo 4.- Encárguese a la Secretaría de Comunicación la difusión de la nómina de acreedores de las medallas y diplomas referidos en los artículos precedentes, en la página web institucional y en los diversos medios de comunicación con los que cuente el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 104 2020 | Artículo Único. –Solicitar al Alcalde que en la próxima sesión Ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito se incluya un punto en el orden del día a fin de que se presente un informe detallado sobre la nómina de asesores de Alcaldía, detalle de funciones asignadas y delegaciones específicas a cada funcionario asesor, incluyendo las fechas de ingreso. | 15/12/2020 | N/A | ||
C 103 2020 | Artículo 1.- Otorgar las condecoraciones que la Municipalidad entrega anualmente con motivo de la Fundación Española de San Francisco de Quito, de conformidad con el detalle que se encuentra en la presente Ordenanza.Artículo 2.- Encárguese a la Secretaría General del Concejo, Secretaría de Cultura y Dirección Metropolitana de Protocolo y Relaciones Públicas conjuntamente, la organización del evento respectivo para cumplir con la entrega de las Condecoraciones y Mención de Honor en la Sesión Solemne del seis de diciembre de dos mil veinte.Artículo 3.- Encárguese a la Secretaría de Comunicación la difusión de la nómina de ganadores de las condecoraciones y mención de honor referidas en el artículo precedente, en la página web institucional y en los diversos medios de comunicación con los que cuente el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. | 04/12/2020 | N/A | ||
C 102 2020 | Artículo Único. - Dar por conocido el informe presentado por la Secretaría de Movilidad en la sesión No. 109 ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito, realizada el 01 de diciembre de 2020, y solicitar a la Secretaría de Movilidad que, de manera inmediata, dé cumplimiento al segundo inciso del artículo 3 de la Ordenanza Metropolitana No. 006- 2019, sancionada el 03 de octubre de 2019. | 01/12/2020 | N/A | ||
C 101 2020 | Artículo Único. - Sustitúyase dentro del artículo 1 de la Resolución No. C 047-2020 reformado mediante Resolución No. C 070-2020 la frase “en cada una de las sesiones ordinarias” por “cada quince días en una sesión ordinaria”. | 01/12/2020 | N/A | ||
C 100 2020 | Artículo 1.- Exhortar al Señor Alcalde Metropolitano para que con base en las conclusiones del informe presentado en el segundo punto del orden del día de la Sesión No. 108 Extraordinaria del 27 de noviembre de 2020, al pleno del Concejo Metropolitano, se solicite de forma inmediata un informe técnico íntegro y pormenorizado sobre la autorización al Laboratorio ONELABT para realizar pruebas PCR y toma de muestras COVID19, a la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada-ACESS.Artículo 2: Requerir al Señor Alcalde Metropolitano para que con base en las conclusiones del informe presentado en el segundo punto del orden del día de la Sesión No. 108 Extraordinaria del 27 de noviembre de 2020, al pleno del Concejo Metropolitano, se solicite el examen especial a la Contraloría General del Estado, correspondiente a todos los procesos contractuales celebrados con el Laboratorio ONELABT. |
01/12/2020 | N/A | ||
C 099 2020 | Artículo 1.- Exhortar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito para que efectúe, con la premura que el caso amerita, todas las acciones de coordinación y cooperación interinstitucional y con la comunidad, con el objeto de que se analice la factibilidad técnica, social y legal del proyecto de construcción del Centro de Entrenamiento del GOE, en el predio No. 5559567, donado al Ministerio de Gobierno. Especialmente, para que en la toma de decisiones se considere primordialmente el derecho de los habitantes de los barrios Cumbayá, Tumbaco, Nayón y todo el Distrito Metropolitano de Quito, a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza, considerando la importancia del desarrollo sostenible de la ciudad con el mantenimiento de las áreas verdes y priorizando la implementación de parques metropolitanos en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- En cumplimiento de las atribuciones de fiscalización que tiene el Concejo Metropolitano de Quito, otorgadas por la normativa nacional vigente y los artículos 16 y 19 de la Resolución No. C 074, sancionada el 08 de marzo de 2016 y de acuerdo al artículo I.1.15 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, conformar una Comisión Especial con el objeto de dar seguimiento a todas las acciones relacionadas a las que se refiere esta resolución, analizar las problemáticas presentadas |
25/11/2020 | N/A | ||
C 098 2020 | Artículo Único. – Aprobar la moción presentada por el Doctor Jorge Yunda Machado, Alcalde Metropolitano que señala: Archivar el proyecto de “Ordenanza que regula la prestación del servicio público de revisión técnica vehicular en el Distrito Metropolitano de Quito y que autoriza su delegación al sector privado”, iniciativa legislativa presentada mediante oficio No. A 0334 de 02 de octubre de 2018. |
24/11/2020 | N/A | ||
C 097 2020 | Artículo Único.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-047 de 13 de julio de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, que contiene el dictamen favorable , y, por tanto, aprobar la modificatoria a la trayectoria (abscisado 0 000 al 0 230) y sección transversal de la via local denominada calle 8 (S60B) del Barrio Victoria Central, perteneciente a la parroquia Guamaní, de acuerdo a las especifiaciones técnicas mínimas de vías urbanas en virtud de los informes técnico y legales que constan en el expediente de conformidad con las siguientes especificaciones técnicas: Modificatoria a la sección transversal de la calle “8” (S60B) Longitud: 406.00 metros Sección transversal: 12.00 metros Calzada: 6.00 metros Aceras (2): 3.00 metros Nota: Modifica su sección transversal de 13.00 m a 12.00 m, la cual fue aprobada en la hoja vial No. 33408. |
20/11/2020 | N/A | ||
C 096 2020 | Artículo Único.- Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano Eduardo del Pozo, que señala: En ejercicio de la competencia contenida en la letra f) del artículo 87 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, observar la liquidación presupuestaria del año 2019 por haber sido puesta en conocimiento del Concejo Metropolitano de Quito de manera extemporánea, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos legales en relación con la Administración Central, con las observaciones establecidas en la continuación de la sesión No. 099 ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito, desarrollada el 13 de noviembre de 2020. |
13/11/2020 | Comisión de Presupuesto, Finanzas y Tributación | ||
C 095 2020 | Artículo Único.- Aprobar la moción presentada por la Concejala Metropolitana Soledad Benítez, que señala: Devolver el expediente del proyecto de “Ordenanza que aprueba el Proceso Integral de Regularización del Asentamiento Humano de Hecho y Consolidado de Interés Social denominado “La Delicia, Sector Calle Quito”, a favor de sus copropietarios” a la Comisión de Ordenamiento Territorial con el objetivo de revisar y analizar los informes correspondientes a fin de rectificar la numeración predial. |
07/11/2020 | Comisión de Ordenamiento Territorial | ||
C 094 2020 | Artículo 1.- Declarar y regularizar como bien inmueble urbano mostrenco e incorporarlo al catastro del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, como bien de dominio privado, el bien inmueble con número de predio 213573 y clave catastral referencial No. 40101-05- 001, con superficie de 20060,15 m2, ubicado en la parroquia de San Juan, en la calle Carchi Oe 600 y Bombona, del Barrio San Juan; de conformidad con los datos técnicos constantes en la ficha técnica emitida por la Dirección Metropolitana de Catastro, adjunta a la presente Resolución.Artículo 2.- Disponer a la Secretaría de Comunicación la publicación del extracto de esta resolución, de conformidad a lo establecido en el artículo 6.183 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 3.- Encárguese a la Procuraduría Metropolitana realizar los trámites administrativos correspondientes a fin de que protocolice e inscriba esta resolución en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. |
27/10/2020 | N/A | ||
C 093 2020 | Artículo 1.- Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano Fernando Morales, que señala: Solicitar al Alcalde Metropolitano y a la Secretaría Metropolitana de Salud entreguen de manera inmediata un plan en el que se detalle las acciones que se realizarán por el posible rebrote de Covid-19 en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Solicitar a la Administradora del Contrato suscrito con el Laboratorio ONELABT entregue de manera inmediata un informe pormenorizado respecto al cumplimiento contractual, avances y/o multas del contrato referido. | 27/10/2020 | N/A | ||
C 092 2020 | Aprobar la moción presentada por la Concejala Metropolitana Brith Vaca, que señala: En cumplimiento a las atribuciones de fiscalización que tiene el Concejo Metropolitano de Quito otorgada por la normativa nacional vigente y los artículos 16 y 19 de la Resolución No. C 074 de 08 de marzo de 2016 y de acuerdo al artículo I.1.15.del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, conformar una Comisión Especial para que practique de manera oficial, la inspección de campo en las instalaciones del Laboratorio ONELABT, solicitando el acompañamiento de un equipo científico, para verificar lo informado por la Secretaria Metropolitana de Salud. Esta comisión especial estará integrada por tres concejales: 1. Presidente/a de la Comisión de Salud, quin la presidirá; 2. Presidente7a de la Comisión de Ambiente, y; 3. Presidente/a de la Comisión de Educación y Cultura. | 27/10/2020 | N/A | ||
C 091 2020 | Artículo 1.- Agradecer al Ilustre Dr. Jorge W. Núñez Sánchez, por haber aportado con su prolífica obra y vasto conocimiento, y además de ser el artífice de la construcción de la memoria histórica de las actuales y futuras generaciones ecuatorianas, por su invaluable contribución al Distrito Metropolitano de Quito, en calidad de historiador, periodista y docente universitario, plasmada no solo en sus libros sino también en su liderazgo para inaugurar una historiografía inclusiva, plurívoca y polifónica.Artículo 2.- Rendir un merecido homenaje al intelectual Dr. Jorge W. Núñez Sánchez, digno ejemplo del orgullo ecuatoriano, por su loable aporte para la preservación de la cultura histórica de nuestra nación, honrando su legado y sus luchas por la inclusión, la unión nacional y latinoamericana, las que serán sentidas y defendidas por muchas generaciones.Artículo 3.- Entregar la presente Resolución que otorga el Acuerdo de agradecimiento, felicitación y merecido homenaje, en sesión ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito. | 27/10/2020 | N/A | ||
C 090 2020 | Aprobar la moción presentada por la Concejala Metropolitana Brith Vaca, que señala: Que la versión del proyecto "Ordenanza Metropolitana que crea el Sistema Integrado de Transporte Público del Distrito Metropolitano de Quito (SITP-DMQ)", retorne a la Comisión de Movilidad para que elabore el texto definitivo de este proyecto, a fin de que se presente al Concejo Metropolitano en pleno, de acuerdo a los literales c) y d) del artículo13 de la Resolución C074 de 08 de marzo de 2016; y, conforme el procedimiento parlamentario y el régimen jurídico aplicable, previo a su conocimiento en primer debate. | 22/10/2020 | N/A | ||
C 089 2020 | Artículo 1. – Expresar su más sentida nota de pesar a la familia, parientes y amigos del señor Óscar Geovanny Andrango Pailacho, Agente Metropolitano de Control, destacando el íntegro desempeño de sus funciones como un ejemplo de compromiso con la institución a la que sirvió con valor, disciplina y lealtad.Artículo 2. – Declarar un día de luto en el Distrito Metropolitano de Quito por el fallecimiento del Agente Metropolitano de Control, Óscar Geovanny Andrango Pailacho.Artículo 3. – Solicitar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito que, a través del Fondo de Inversión Quito Solidario y de acuerdo con el régimen jurídico aplicable, se destinen recursos para el pago a la niña Melany Ariana Andrango Tipán de una aportación económica anual, hasta que complete sus estudios de bachillerato y mientras curse sus estudios universitarios. Mientras la descendiente del señor Andrango sea niña, esta aportación será depositada en la cuenta bancaria que acredite para el efecto su representante legal y en los tiempos que se acordare, quien garantizará que el uso y destino de dicha aportación sea para completar sus estudios.Artículo 4. – Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga a la Secretaría de Educación, Recreación y Deporte, asigne a la niña Melany Ariana Andrango Tipán un cupo en una de las unidades educativas municipales de su elección, siempre que así lo solicitare y de conformidad con el régimen jurídico aplicable.Artículo 5. – Solicitar al Alcalde Metropolitano que, como máxima autoridad del Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano de Quito, designe con el nombre del señor Óscar Geovanny Andrango Pailacho, al cuartel ubicado en la Av. Simón Bolívar s/n y Juan Bautista Aguirre, barrio Las Mallas, sector Loma de Puengasí.Artículo 6. – Rechazar enérgicamente todo tipo de agresión o expresión de violencia que atente contra la seguridad, la convivencia ciudadana, el quebrantamiento del régimen jurídico vigente y el cumplimiento de las labores de control en el espacio público de los servidores municipales; exhortando a la ciudadanía a denunciar cualquier manifestación de esta naturaleza.Artículo 7. – Estar vigilantes del proceso penal con el propósito de que tan execrable hecho no quede en la impunidad.Artículo 8. – Destacar el espíritu cívico del Cuerpo de Agentes de Control y de todos los servidores municipales que ejecutan acciones de control en el espacio público del Distrito Metropolitano de Quito y respaldar todas sus actuaciones, siempre que éstas se encuentren encuadradas en el marco constitucional y legal vigente.Artículo 9. – Solicitar a la Secretaría General de Seguridad y Gobernabilidad, como ente rector de esta materia en el Distrito Metropolitano, exponga ante el Concejo Metropolitano, en el término de 8 días: a) el Plan de Seguridad que se encuentra ejecutando actualmente y cuáles han sido las medidas concretas que se han tomado para enfrentar el clima de inseguridad en la ciudad, agravado por los efectos de la pandemia; y, b) Informe sobre la gestión que cumple el Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana y su incidencia en la toma de decisiones.Artículo 10.- Exhortar al Director del Cuerpo de Agentes de Control se establezca un programa de capacitación enfocado en el manejo de crisis e inteligencia emocional y generar nuevos protocolos de actuación para el control del espacio público, acorde a la nueva normalidad que enfrenta el Distrito Metropolitano de Quito, para que sus actuaciones sean enmarcadas de acuerdo a los derechos humanos y en el marco constitucional y legal vigente.Artículo 11. – Exhortar al Alcalde Metropolitano, a fin de que disponga a la Secretaría de Comunicación, realice una campaña comunicacional que incentive la solidaridad y la convivencia ciudadana, dirigida tanto a los servidores municipales de todas las entidades metropolitanas, así como a la ciudadanía.Artículo 12.- Exhortar al Alcalde Metropolitano a fin de que disponga a la Secretaría de Educación, Recreación y Deporte lo siguiente: a) Informe en el término de 8 días, sobre las acciones adoptadas en cumplimiento de la disposición contenida en el artículo IV.8.26 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito; y, b) Presente en el término de 30 días, un cronograma para la realización de eventos educativos telemáticos dirigidos a todos los niveles de formación de las entidades educativas municipales, a través de las cuales se difundirá las políticas de convivencia ciudadana.Disposición Transitoria Única.- Las Secretarías General de Seguridad y Gobernabilidad; Educación, Recreación y Deporte; Inclusión Social; y, Comunicación, informarán al Concejo Metropolitano, en el término de 8 días, sobre las acciones y actividades concretas tendientes a erradicar la violencia, dirigidas a consolidar un concepto de solidaridad, convivencia ciudadana pacífica entre todos los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito, realizadas en cumplimiento de los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución de Concejo No. C067-2019, aprobada el 17 de septiembre de 2019. | 20/10/2020 | N/A | ||
C 088 2020 | Artículo 1.- Solicitar al Alcalde Metropolitano de Quito para que, de conformidad con el régimen jurídico aplicable, requiera a la Agencia de Regulación y Control Minero, el análisis de la viabilidad de la extinción permanente de las concesiones mineras metálicas y la desgraficación de estas áreas dentro del territorio de la reserva de la Biosfera del Chocó Andino, en especial las áreas de conservación y uso sostenible del DMQ (ACUS). Solicitando además a la Agencia de Regulación y Control Minero, que disponga a quien corresponda los informes técnicos respectivos.Artículo 2.- Solicitar al Alcalde Metropolitano de Quito, requiera a la Agencia Metropolitana de Control, efectuar, de acuerdo con el régimen jurídico aplicable, inspecciones en relación con las actividades económicas que se efectúan en el territorio de la reserva de la Biosfera del Chocó Andino.Artículo 3.- Solicitar al Alcalde Metropolitano de Quito, requiera a la Secretaría de Ambiente, el seguimiento a la solicitud realizada al Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables, para que sea socializado con la mancomunidad y gobiernos locales del Chocó Andino.Artículo 4.- Garantizar en el marco de las competencias municipales, la integridad de los ecosistemas en el territorio mega diverso del Chocó Andino, procurando la exclusión futura de concesiones mineras metálicas en las bioregiones del Chocó Magdalena y Andes tropicales que se ubican en el territorio del Distrito Metropolitano de Quito, preservando la biodiversidad y patrimonio natural.Artículo 5.- Solicitar al Alcalde Metropolitano de Quito que, a través de la Mesa Interinstitucional, presidida por la Secretaría de Ambiente, ejecute las acciones y gestiones necesarias para el cumplimiento del Plan de Manejo de las ACUS-SMAP; en lo correspondiente a la conservación y el proceso para lograr la desgraficación y exclusión de actividades mineras metálicas en zonas de alta sensibilidad biológica y zonas de recarga hídrica.Artículo 6.- Solicitar al Alcalde Metropolitano de Quito, disponga al Instituto Metropolitano de Patrimonio, de acuerdo con el procedimiento establecido en el régimen jurídico aplicable, inicie el proceso administrativo para que el órgano competente delimite los sitios arqueológicos y califique como zonas de protección a los yacimientos arqueológicos que se encuentran en este territorio, y sobre todo aquellas que están en peligro dentro de las concesiones mineras metálicas, previo los informes técnicos pertinentes, conforme dispone la normativa vigente.Artículo 7.- Exhortar al Alcalde Metropolitano de Quito, que solicite al Ministerio del Ambiente y Agua, la incorporación al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), todas las Áreas Protegidas Metropolitanas, con la finalidad de incrementar la superficie de Áreas Núcleo de Reserva de Biosfera, extinguiendo la minería en dichas áreas.Articulo 8.- Solicitar a la Dirección Metropolitana Financiera, emita un informe financiero de los valores recibidos por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, por concepto de regalías mineras pétreas del Chocó Andino, desde la autorización de la concesión minera.Disposiciónes Transitorias:Primera. - Las disposiciones contenidas en los artículos uno, y siete deberá cumplirse en el término de ocho días y la disposición contenida en el segundo párrafo del artículo seis deberá presentarse en el término de 30 días.Segunda. - Encárguese a la Secretaría de Ambiente, para que en el término de 60 días, contados a partir de la aprobación de la presente Resolución, emita un informe de los avances y resultados de la presente resolución.Tercera. - En cumplimiento del artículo 73 de la Constitución, solicitar a la Secretaría de Ambiente, en el marco de sus competencias, diseñar medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. | 20/10/2020 | N/A | ||
C 087 2020 | Artículo 1.- Declarar y regularizar como bienes inmuebles urbanos mostrencos e incorporarlos al catastro del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, como bienes de dominio privado, los siguientes bienes inmuebles: (i) bien inmueble con clave catastral referencial No. 30403-10- 001, con superficie de 601,34m2, ubicado en la parroquia La Magdalena; (ii) bien inmueble con clave catastral referencial No. 10219-03-010 con superficie de 623,09 m2, ubicado en la parroquia de Tumbaco; (iii) bien inmueble con clave catastral referencial No. 10301-11-001, con superficie de 362,41 m2, ubicado en la parroquia San Juan; y, (iv) bien inmueble con clave catastral referencial No. 10202-09-001, con superficie de 535,87 m2, ubicado en la parroquia Itchimbía; de conformidad con los datos constantes en las fichas técnicas emitidas por la Dirección Metropolitana de Catastro, adjuntas a la presente Resolución.Artículo 2.- Disponer a la Secretaría de Comunicación la publicación del extracto de esta resolución, de conformidad a lo establecido en el artículo 6.183 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 3.- Encárguese a la Procuraduría Metropolitana realizar los trámites administrativos correspondientes a fin de que protocolice e inscriba esta resolución en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.Disposición Transitoria Única. - Encárguese al Registro de la Propiedad cambie los oficios contenidos en el expediente de la presente resolución por certificados conforme la normativa legal vigente. | 13/10/2020 | N/A | ||
C 086 2020 | Aprobar la moción presentada por la Concejala Metropolitana Mónica Sandoval, que señala: Devolver a la Comisión de Movilidad el proyecto de “Ordenanza que regula la prestación del servicio público de revisión técnica vehicular en el Distrito Metropolitano de Quito y que autoriza su delegación al sector privado”, a fin de que se solicite la actualización de los informes correspondientes previo a tomar una decisión al respecto. | 06/10/2020 | N/A | ||
C 085 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-033 del 18 de mayo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por lo tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 5205244, clave catastral Nro.11023-02-005-000-000-000, ubicado en la parroquia Tumbaco, solicitada por los señores Mario Eduardo Herrera León y Blanca Esther Mayorga, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 2500 m2, y un frente mínimo de 30 m., requerimiento que no se cumple en el presente caso, en relación al frente mínimo, por cuanto el predio tiene un frente total de 58,50 m., y el 20.89% de derechos y acciones de los señores Herrera León Mario Eduardo y Mayorga Constante Blanca Esther no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Tumbaco y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 01/10/2020 | N/A | ||
C 084 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-032 del 18 de mayo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por lo tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 782104, clave catastral Nro. 30702-11-001 ubicado en la parroquia Chimbacalle, solicitada por el señor Manuel Alcibíades Tacuri Sánchez, puesto que el predio constituye alícuota de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal, y; en estas condiciones no puede cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 01/10/2020 | N/A | ||
C 083 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-031 del 18 de mayo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y; por lo tanto, no autorizar la partición judicial del predio Nro. 120648, clave catastral anterior Nro. 21907-18-010-000-000- 000, ubicado en la parroquia Conocoto , solicitada por la señora María del Carmen Cruz Sosa, debido a que el lote mínimo para la subdivisión en el sector es de 200 m2 y el frente mínimo de 10 m, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 325,00 m2, área gráfica de 277,37 m2 y frente total de 9,31m2; y, en estas condiciones, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Valle de los Chillos, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 01/10/2020 | N/A | ||
C 082 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-030 de 20 de abril de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 544586, clave catastral anterior Nro. 11307-05 -42-001-101-004, ubicado en la parroquia Iñaquito, solicitada por la señora Ana Lucía Ramos Sánchez con su abogado patrocinador, Abg. Edgar Roberto Aldas Freire, puesto que el predio constituye alícuota de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal, y como tal, no es factible de subdivisión. En estas condiciones no puede cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 01/10/2020 | N/A | ||
C 081 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-029 de 20 de abril de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por lo tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 547387, clave catastral anterior 13707-09-037-000-000-000, ubicado en la parroquia Carcelén de este cantón, solicitada por la Sra. Rosa Cecilia Villenas Melo, debido a que si bien la propuesta de partición cumple con el lote mínimo, 200 m2 ( lote 6 A y 6 B ), el frente mínimo de 10m solo cumple para el lote 6 A, y no contempla acceso para el lote 6 B; en estas condiciones, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal La Delicia y a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 01/10/2020 | N/A | ||
C 080 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-027 del 23 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por lo tanto, no autorizar la partición de los Nros. 304869 y 304884, clave catastral claves catastrales Nros. 13910-13-019 y 13910-12-008, ubicados en la parroquia Carcelén de este cantón; debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector donde se hallan ubicados los referidos inmuebles es de 200m2 , requerimiento que no se cumple en el presente caso, puesto que cada uno de los predios citados anteriormente tienen una superficie, según escritura, de 170.00 m2., por lo que no cabe la partición de los mismos; por lo tanto, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal La Delicia y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley.Disposición General Única. - La presente resolución se aprueba en base a los informes que son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben y realizan. | 01/10/2020 | N/A | ||
C 079 2020 | Aprobar la moción presentada por el Concejo Metropolitano Dr. René Bedón, que señala: "Devolver el IC-CUS-2020-027 y su expediente a la Comisión de Uso de Suelo a fin de que se revise la documentación del expediente". | 01/10/2020 | N/A | ||
C 078 2020 | Art. 1. – Felicitar, reconocer y agradecer a todos los miembros de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, por conmemorar 150 años desde su llegada y establecimiento en la República del Ecuador, sobre todo por su trabajo arduo, valiente e infatigable, cumpliendo la misión encomendada por su congregación a nivel de la República del Ecuador.Art. 2.- Rendir un merecido homenaje a todos los miembros de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, en la República del Ecuador, que realizan esta loable labor desde su arribo al país en el año de 1870.Art. 3.- Entregar la presente Resolución que otorga el Acuerdo de Felicitación a la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, en sesión ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito. | 29/09/2020 | N/A | ||
C 077 2020 | Art. 1.- Exhortar al Alcalde Metropolitano, requiera a la Gerencia General de la EMGIRS - EP, en el término de tres días, una vez notificada la presente resolución, y de conformidad con el régimen jurídico aplicable, remita al Concejo Metropolitano las autorizaciones ambientales previas al año 2016, la Licencia Ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental, el Plan de manejo ambiental y sus planes complementarios, especialmente el de relaciones comunitarias y los Informes de Monitoreo; sobre el Relleno Sanitario El Inga.Una vez aprobada la auditoría ambiental, por la autoridad ambiental nacional, remitir los resultados de la misma al Concejo Metropolitano.Art. 2.- En el término de 30 días, la EMGIRS - EP remitirá a la Secretaría General del Concejo Metropolitano el informe al que se refiere el artículo único de la Resolución No. C-0290, de 21 de diciembre de 2016.Art 3.- Exhortar al Alcalde Metropolitano, requiera a la Gerencia General de la EMGIRS - EP, en el término de 30 días realice un informe técnico del cumplimiento de los convenios suscritos entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y las comunidades afectadas directa e indirectamente por la operación del Relleno Sanitario El Inga.Disposición Transitoria Única. - Encárguese la ejecución de la presente resolución a la EMGIRS - EP y a la Secretaría de Ambiente del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. | 29/09/2020 | N/A | ||
C 076 2020 | Artículo 1.- Objeto. - Institucionalizar "El Día de Manuela Sáenz, Jonatás y Natán Sáenz " en e1 Distrito Metropolitano de Quito, en reconocimiento a la importancia histórica que tuvieron las patriotas quiteñas para la ciudad y el país, en los eventos acontecidos el 25 de septiembre de 1828, cuando la heroína logró salvar la vida del Libertador Simón Bolívar.Artículo 2. - Reconocer el 25 de septiembre de cada año como el día de Manuela Sáenz, Jonatás y Natán Sáenz para conmemorar esta gesta histórica, que afirmó a estas tres mujeres como fundamentales de la Independencia y como precursoras de la lucha feminista de América Latina.Artículo 3. - Acto de conmemoración. - El acto de conmemoración por el Día de Manuela Sáenz, Jonatás y Natán Sáenz estará a cargo de la Secretaria de Cultura, bajo responsabilidad del Centro Cultural Metropolitano, que velará por mantener de manera permanente el recuerdo de la heroína quiteña para la memoria de las actuales y futuras generaciones del Ecuador. Este evento se celebrará oficialmente y de manera regular el 25 de septiembre de cada año.Artículo 4. - Promoción Educativa. - Con el fin de afianzar el conocimiento de la historia independentista de América Latina, con motivo del “Día de Manuela Sáenz, Jonatás y Natán Sáenz ", la Secretaría de Educación en coordinación con los rectores de las escuelas y colegios de educación municipal gestionará la participación activa del alumnado de los centros educativos municipales en la promoción y defensa de los valores derivados del día objeto de la presente reso1ución.Artículo 5.- Recuperación e intervención de espacios.- Exhortar a la Secretaría de Cultura en conjunto con el Instituto Metropolitano de Patrimonio, Administración Zonal Valle de los Chillos y dependencias competentes municipales, de conformidad con el régimen jurídico aplicable, evaluar la recuperación e intervención integral de la Hacienda Catahuango “la Hacienda de Manuelita Sáenz”, ubicada en la parroquia de Amaguaña y además deberán desarrollar acciones culturales, artísticas, turísticas, entre otras, con el objetivo de promover la recuperación de la memoria histórica a través de la vida comunitaria y la reapropiación del espacio en mención.La recuperación contempla, además, impulsar la promoción de la hacienda como patrimonio de los quiteños y espacio de encuentro comunitario y ciudadano, para lo cual se promoverán visitas guiadas, realización de actividades culturales, conmemoración de fechas históricas en el sitio, desarrollo de actividades de integración social y comunitaria, entre otras que sean factibles implementar en la hacienda en mención.Disposición Transitoria Primera. - En el año en curso, será considerado como el acto de conmemoración establecido en el artículo 3, a la adopción de la presente resolución en Sesión de Concejo.Disposición Transitoria Segunda. - En el año en curso, la promoción educativa de la que habla el artículo 4, se deberá realizar conforme a los recursos y modalidades de estudios que se encuentra aplicando la Secretaría de Educación.Disposición General Primera. - A fin de difundir la presente resolución en fomento al conocimiento de la historia nacional y de la ciudad de Quito, la Secretaria del Concejo Metropolitanito notificará la presente reso1ución a la Secretaría de Educación y a la Secretaría de Cultura.Disposición General Segunda. - Encárguese del cumplimiento de la presente resolución a la Secretaría de Cultura y a la Secretaría de Educación en las disposiciones pertinentes a cada una. | 22/09/2020 | N/A | ||
C 075 2020 | Artículo 1.- Autorizar el cambio de categoría de bien municipal de dominio público a bien municipal de dominio privado, a fin de continuar con el trámite de donación a favor del Ministerio de Gobierno para la construcción de UPC´s, de los predios que se detallan a continuación: 3542717, 1201072, 170446, 566937, 190358, 792587, 252425 , 365028, 314033, 153617, 1237495 ubicados en varios sectores de la ciudad.Artículo 2.- En caso de que los predios no se destinen para el fin propuesto, se procederá con la reversión de la autorización de cambio de categoría de los bienes municipales. | 10/09/2020 | N/A | ||
C 074 2020 | Artículo 1.- Solicitar al Alcalde se requiera de manera urgente a la Contraloría General del Estado inicie un examen especial completo de la fase preparatoria, proceso pre contractual, de contratación, ejecución de obra, administración y fiscalización de la obra Metro de Quito, tomando en cuenta todas las observaciones y preocupaciones planteadas por las y los Concejales Metropolitanos durante la sesión ordinaria No. 091 desarrollada el 08 de septiembre de 2020 y demás sesiones del Cuerpo Edilicio en las que se haya tratado este tema.Artículo 2.- Solicitar al Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana Metro de Quito, presente un Informe que deberá incluir los documentos de soporte, en el cual de respuesta a todas las inquietudes planteadas por las y los Concejales Metropolitanos durante la sesión ordinaria No. 091 desarrollada el 08 de septiembre de 2020, y cumplimiento de recomendaciones de Contraloría.Artículo 3.- Solicitar al Fiscalizador y al Administrador del contrato, respectivamente, presenten un Informe sobre la ejecución del mismo, que deberán incluir los documentos de soporte. | 08/09/2020 | N/A | ||
C 073 2020 | Art. 1. - Exhortar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, para que en uso de sus atribuciones y conforme el régimen jurídico aplicable, determine, independiente de la denominación de sus cargos o puestos de trabajo, los servidores y funcionarios obligados a rendir caución en el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, sus entidades adscritas y unidades administrativas, sin consideración al nivel de autonomía.Art. 2.- Exhortar a los Gerentes Generales de las diferentes Empresas Públicas Metropolitanas y representantes de Fundaciones de la Municipalidad, que en uso de sus atribuciones y conforme el régimen jurídico aplicable, determinen, independiente de la denominación de sus cargos o puestos de trabajo, los servidores y funcionarios obligados a rendir caución de su respectiva entidad.Art. 3.- Las unidades que manejan el talento humano del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, sus entidades adscritas, unidades administrativas independientemente del nivel de autonomía, y las Empresas Públicas Metropolitanas, verificarán, cuando corresponda, la rendición de la caución correspondiente previamente a la asunción de un cargo o puesto, de conformidad con el régimen jurídico aplicable.Art. 4.- La obligación de rendir caución es aplicable a los funcionarios que actualmente se encuentren en funciones y quienes fungen como subrogantes o encargados y que desempeñan funciones de recepción, inversión, control, administración y custodia de recursos públicos.Disposición General. - La Dirección Metropolitana de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y las unidades que manejan el talento humano de sus entidades adscritas, unidades administrativas, independientemente del nivel de autonomía, y sus Empresas Públicas Metropolitanas, realizarán el seguimiento y control de las disposiciones emitidas en esta resolución.Disposición Transitoria Primera. – En el término de 20 días contados a partir de la suscripción de la presente resolución, la Dirección Metropolitana de Recursos Humanos, informará al Concejo Metropolitano sobre la rendición de caución de los servidores y funcionarios obligados.Disposición Transitoria Segunda. - Una vez suscrita la presente resolución, en el término de 25 días, la Dirección Metropolitana de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, presentará para conocimiento del Concejo Metropolitano, un informe pormenorizado y documentado del cumplimiento de las disposiciones, tanto en lo referente al Municipio Metropolitano de Quito como a las Empresas Públicas Metropolitanas, Fundaciones y entidades adscritas. | 27/08/2020 | N/A | ||
C 072 2020 | Art. 1.- Exhortar al Alcalde Metropolitano, a los Gerentes de las Empresas Metropolitanas, y a las máximas autoridades de las entidades adscritas que, en los procesos de contratación pública, observen los siguientes lineamientos: a) Dar por terminadas las declaratorias de emergencia, salvo aquellas que se justifiquen, de conformidad con el régimen jurídico aplicable; b) Abstenerse de realizar contrataciones de emergencia cuando no responda al criterio de imprevisibilidad, de acuerdo al procedimiento previsto en los arts. 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y 364 de la Codificación y Actualización de las Resoluciones emitidas por el SERCOP; c) Efectuar únicamente los procesos previstos en el Plan Anual de Contratación respectivo; d) Certificar previamente que la prestación de servicios o ejecución de obras públicas incluidas las de consultoría y de fiscalización, no pueden ser efectuadas directamente por la entidad, priorizando, en la medida de lo posible, la ejecución pública directa; e) Abstenerse de efectuar empaquetamientos de contrataciones públicas, salvo los casos en que se justifique ahorros; y, f) Atender el principio de publicidad, promoviendo, en la medida de lo posible, la transmisión (en vivo) a través de las plataformas digitales de etapas como: apertura de sobres, calificación de las ofertas y adjudicación de las mismas.Disposición Transitoria. – La Administración General y la Dirección Metropolitana de Informática, en el plazo de 30 días presentarán un informe para conocimiento del Concejo Metropolitano, sobre las acciones emprendidas para el cumplimiento de las disposiciones de la presente resolución. | 27/08/2020 | N/A | ||
C 071 2020 | Art. 1.- Solicitar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, que dentro del marco de sus competencias y de acuerdo con el régimen jurídico aplicable, adopte medidas encaminadas a atender las necesidades emergentes y prioritarias de la Zona Especial Turística Centro Histórico del Distrito Metropolitano de Quito, en razón de los hechos de conmoción social acontecidos en las últimas semanas y ante el incremento de hechos delictivos.Art. 2.- Exhortar al Alcalde del Distrito Metropolitano para que, en coordinación con las entidades de Seguridad Ciudadana en la República del Ecuador, y las respectivas entidades municipales del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito implemente un Plan de Acción Emergente e Integral de Seguridad en la Zona Especial Turística Centro Histórico, en beneficio de la prevención y seguridad primordialmente de la comunidad y en el marco del régimen jurídico aplicable. En el término de 15 días se presentará la respectiva hoja de ruta con cronograma y acciones a ejecutarse.La Alcaldía Metropolitana en coordinación con la entidad pública pertinente, previamente a emitir su plan de acción, deberá socializarlo en mesas técnicas de trabajo con la participación de: a) Las directivas de los barrios de la zona especial turística centro histórico; b) La Administración Zonal de la Zona referida en el literal precedente; c) La Secretaría General de Seguridad y Gobernabilidad del Distrito Metropolitano de Quito; y, d) La Agencia Metropolitana de Control.Art. 3.-Solicitar a la Secretaría de Desarrollo Productivo y Competitividad, en coordinación con la Secretaría de Territorio, Hábitaty Vivienda, presente un plan integral de reactivación económica del Centro Histórico del Distrito Metropolitano de Quito y la política pública queinvolucre a todos los actores de la economía, incluyendo comercio autónomo y la economía popular y solidaria.Art. 4.- Solicitar a la Secretaría de Inclusión Social del Distrito Metropolitano de Quito coordine con el Ministerio de Inclusión Económica y Social y la Unidad Patronato Municipal San José, políticas públicas y medidas de atención a las personas en situación de calle con énfasis en los grupos de atención vulnerable, en el Centro Histórico de Quito.Art. 5.- Requerir al Gobierno Nacional retire las vallas ubicadas en el Centro Histórico de Quito, para precautelar la seguridad, los derechos ciudadanos y la reactivación económica.Disposición Transitoria Única. - Encárguese la ejecución de la presente resolución a la Administración General y a la Secretaría General de Seguridad y Gobernabilidad. | 25/08/2020 | N/A | ||
C 070 2020 | Sustituir el artículo 1 de la Resolución No. C047-2020 emitida por el Concejo Metropolitano, el 30 de junio de 2020 por el siguiente: “Se conmina al Señor Alcalde Metropolitano la incorporación como el tercer puntodel orden del día en cada una de las sesiones ordinarias del Concejo Metropolitano, según corresponda, mientras dure la emergencia en el Distrito Metropolitano de Quito, un informe completo y detallado de la Secretaría Metropolitana de Salud respecto a:1.Informe que contenga el diagnóstico pertinente de la situación epidemiológica, detalle de los recursos que invierte el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. Estrategias y acciones que adopta para luchar contra el incremento de contagios del COVID-19, precautelando la vida y salud de los ciudadanos, en el ámbito de sus competencias; 2.Solicitar a la Secretaría de Salud presente los informes actualizados y certificados de los respectivos laboratorios que reflejen el porcentaje de procesamientos de pruebas y resultados obtenidos;3.Cumplimientodel cronograma semanal de toma y procesamiento de pruebas, para detección del SARS-CoV-2 (COVID-19) en la población del Distrito Metropolitano de Quito, que incluya datos estadísticos y oportunos, respetando el derecho a la RESOLUCIÓN No. C 070-2020 Página 3de 4intimidad para garantizar la confidencialidad individual. respecto de los resultados positivos y negativos;4.Detalle de los procesos precontractuales, contractuales y de ejecución de las condiciones y respectivo cumplimiento del contrato o contratos correspondientes para atender la emergencia sanitaria por SARS-CoV-2 (COVID-19); y donaciones en el Distrito Metropolitano de Quito.5.Resultados obtenidos con la aplicación de las estrategias y acciones para disminuir la curva de contagio.DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. -En el plazo de (cinco) 5 días la Secretaría Metropolitana de Salud en coordinación con la Dirección Metropolitana de Informática, habilite en la página web del Municipio de Quito un con la finalidad de que se cumpla con el acceso a la información pública, con respecto a las contrataciones realizadas por la Secretaría Metropolitana de Salud, Unidades de Salud y demás proyectos, mientras dure la emergencia sanitaria en el Distrito Metropolitano de Quito. | 20/08/2020 | N/A | ||
C 069 2020 | Solicitar al señor Alcalde Metropolitano y a la Administración General, presenten en el plazo de ocho días la planificación de una agenda legislativa para conocimiento del Concejo Metropolitano y a la Administración General un plan de las acciones concretas, detallando las reducciones a los proyectos, áreas, sectores y partidas presupuestarias a realizarse al interior del MDQ, por concepto de las medidas de austeridad, mismo que debe grantizar la prestación de servicios básicos a la ciudadanía. | 13/08/2020 | N/A | ||
C 068 2020 | Artículo 1.- Exigir a la Administración Pública Central, efectuar las asignaciones presupuestarias establecidas en el régimen jurídico aplicable, particularmente, aquellas contempladas en los artículos 271 de la Constitución de la República del Ecuador, 192 del Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización, y no numerado siguiente al 73 de la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno, al Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, para el cumplimiento de las competencias asignadas y la garantía de los derechos de los ciudadanos.Artículo 2.- Exhortar a la Asamble Nacional para que apruebe la reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno, que actualmente se encuentra en trámite, para que el Impuesto al Valor Agregado, recaudado por los Municipios, no se deposite en las cuentas del Gobierno Nacional, permanezca en los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y se sigan reportando los anexos correspondientes.Artículo 3.- Solicitar a la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas la realización de un esfuerzo colectivo para insistir en la asignación de recursos por parte del Ministerio de Finanzas a los Gobiernos Autónomos Descentralizados. | 13/08/2020 | N/A | ||
C 067 2020 | Solicitar al Alcalde Metropolitano para que a través de la Secretaría de Salud, en 7 días, presente un informe detallado, en el cual, dé respuesta a todas las inquietudes planteadas por las señoras y señores Concejales durante el tratamiento del punto III de la sesión ordinaria No. 084 de 04 de agosto de 2020. | 04/08/2020 | N/A | ||
C 066 2020 | Artículo Único. - Requerir a la Procuraduría General del Estado, de conformidad con la letra g) del art. 3 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, el control posterior de legalidad del “CONTRATO DE EMERGENCIA PARA LA ADQUISICIÓN DE REACTIVOS PARA LA DETERMINACIÓN DE COVID-19 POR PCR POLIMERASA RESOLUCIÓN No. C 066-2020 Página 4 de 5 PARA LA SECRETARÍA DE SALUD DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO”, signado con el No. SS-EE-COVID19-2020-001, suscrito entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, a través de la Secretaría de Salud del Distrito Metropolitano de Quito y la Empresa SALUMED S.A., el 16 de abril de 2020, lo que incluye las etapas de preparación, selección, contratación, ejecución, así como en la fase pos contractual. | 04/08/2020 | N/A | ||
C 065 2020 | Artículo 1.- Exhortar al señor Alcalde Metropolitano en su calidad de primera autoridad del ejecutivo del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, que mediante resolución se sirva disponer a la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, la reprogramación de la recaudación de las planillas del servicio de agua potable, así como los lineamientos para la solución de los reclamos de los usuarios, en los siguientes términos:1. Que la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento disponga la inmediata verificación de las planillas de los ciudadanos que hayan presentado su reclamo o que presenten su reclamo debidamente documentado, acerca de la facturación correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2020, a fin de que, en el término de 15 días y, en los casos que así se justifique y requiera, se proceda a la refacturación de las mismas evitando perjuicios a los ciudadanos.2. Solicitar al Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, entregue de manera inmediata un informe respecto al detalle de denuncias y acciones realizadas por el aumento en el cobro de planillas del servicio de agua potable y la tasa de alcantarillado, sustentando su cálculo y variación, a la ciudadanía del Distrito Metropolitano de Quito.3. REPROGRAMACIÓN DE LA RECAUDACIÓN DE LOS VALORES DE LAS PLANILLAS DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE. - Conforme lo determina el artículo 5 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del Covid-19, la recaudación de los valores de las planillas por la prestación del servicio de agua potable, serán reprogramados, de tal manera que las planillas que no hayan sido canceladas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio, serán recaudadas a partir del mes de agosto, mediante doce cuotas iguales a las que de ninguna manera se les aumentará ningún tipo de intereses, multas o recargos, ni se requerirá el pago de un porcentaje del valor adeudado para acceder a la reprogramación del pago del servicio.4. SUSPENSIÓN DE LOS CORTES O SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE. - Mientras dure el estado de excepción decretado por el Presidente de la República y 12 meses después de su terminación, se suspenden los cortes o suspensión del servicio de agua potable y se dispone en el caso de que haya existido durante el estado de excepción cortes del servicio por falta de pago, se realice la reconexión inmediata del servicio a los usuarios.5. TOMA DE LECTURAS O MEDICIONES. - En virtud de que la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, ha retomado la lectura de los medidores del servicio de agua potable, se dispone que dicha empresa realice la medición del servicio con rapidez y prolijidad, a fin de que se corrijan de forma inmediata las planillas que han sido generadas por consumos presuntivos, promedios o estimados y se generen de forma inmediata las planillas del servicio real de consumo.6. RESOLUCIÓN DE RECLAMOS. - En caso de que los usuarios tengan reclamos por las planillas emitidas se seguirán las siguientes reglas:a. La Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, habilitará la opción de presentación de reclamos en línea, de tal manera que reduzca al máximo la atención presencial. Estos reclamos deberán ser resueltos en el término máximo de 10 días.b. A los usuarios para la presentación y tramitación de sus reclamos no se les exigirá de forma alguna el pago de los valores adeudados. Estos valores serán cancelados una vez resuelta la reclamación del usuario.c. En caso de que las planillas hayan sido canceladas por los usuarios y en su medición real se determine un exceso en su determinación presuntiva o estimada, de forma inmediata se emitirá la nota de crédito correspondiente a favor del usuario. Este proceso se realizará de oficio sin que sea necesaria la presentación de reclamo o solicitud.7. PROHIBICIÓN DE EMITIR VALORES ADICIONALES. - La Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, se abstendrá de emitir en las planillas del servicio de agua potable, valores distintos al costo del servicio de agua potable, alcantarillado y tasa de nomenclatura, en especial en lo referente al prorrateo de pago del servicio.Disposición General. - La Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, en el plazo de 15 días presentará un informe para conocimiento del Concejo Metropolitano sobre la adopción de las medidas para evitar la facturación y cobro excesivo del servicio de agua potable. | 21/07/2020 | N/A | ||
C 064 2020 | Artículo 1.- Petición de Examen Especial. - Pedir al señor Alcalde, en su calidad de Presidente del Directorio de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda que solicite a la Contraloría General del Estado el inicio de un Examen Especial al PROCESO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE LOS FIDEICOMISOS CONSTITUIDOS POR LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE HÁBITAT Y VIVIENDA, DEL "PROYECTO ESPECIAL CIUDAD BICENTENARIO", dentro del periodo comprendido entre el 01 de enero del 2019 hasta el 30 de junio de 2020, en el término no mayor a 15 días.Artículo 2.- Informe de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda. - Pedir al Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda, un informe íntegro pormenorizado del PROCESO DE EJECUCION CONTRACTUAL DE LOS FIDEICOMISOS CONSTITUIDOS POR LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE HÁBITAT Y VIVIENDA, DEL "PROYECTO ESPECIAL CIUDAD BICENTENARIO" y del proceso de contratación de servicios profesionales y administrativos para el cierre del proyecto de construcción del proyecto Ciudad Bicentenario que incluya las acciones administrativas, legales, jurídicas y cronograma implementados para la liquidación y cierre de los fideicomisos, en un término no mayor a 15 días, para remitir al Concejo Metropolitano.Artículo 3.- Procesos precontractuales y contractuales para la celebración del contrato de arrendamiento y demás procesos de contratación pública. — Pedir al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, en su calidad de Presidente del Directorio de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda, para que solicite a la Contraloría General del Estado un examen especial al: "PROCESO ÍNTEGRO PORMENORIZADO PRECONTRACTUAL Y CONTRACTUAL REALIZADO PARA LA CELEBRACIÓN DEL CON IRATO O LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DEL EDIFICIO EN EL QUE ACTUALMENTE FUNCIONA LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE HÁBITAT Y VIVIENDA", dentro del periodo comprendido desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 16 de julio de 2020, en el término no mayor a 15 días, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 1 de la Resolución No. C 033-2020 del 16 de junio de 2020.Disposición General Única. - Los documentos que sirvan de respaldo para sustentar los informes solicitados en la presente Resolución, deberán adjuntarse digitalmente a través del Sistema de Trámites del GAD del Distrito Metropolitano de Quito (SITRA). | 21/07/2020 | N/A | ||
C 063 2020 | Exhortar al señor Alcalde realice las gestiones necesarias urgentes, a fin de que solicite a dos laboratorios imparciales, uno extranjero y otro nacional, de preferencias públicos, con el fin de que se emita un criterio técnico científico sobre la sensibilidad y especificad, la validez, eficacia, eficiencia y el tipo de las pruebas Covid-19, adquiridas por el Municipio de Quito.Además, poner en conocimiento de los laboratorios de México, Udla, Synlab, Kat de Korea, los diferentes informes emitidos por ellos y solicitar realicen una ampliación, en los que corresponda, haciendo una ratificación o rectificación de los criterios emitidos respecto al análisis de las pruebas para detectar el virus COVID -19, compradas por el Municipio. | 14/07/2020 | N/A | ||
C 062 2020 | Artículo 1.- Exhortar al COE Nacional adoptar, en forma excepcional, las siguientes medidas específicas para el Distrito Metropolitano de Quito, en el color amarillo del esquema de semaforización determinado por la Administración Pública Central:(a) Modificar el horario del toque de queda, a partir de las 19h00 hasta las 05h00 del día siguiente, con la excepción para el funcionamiento de las actividades esenciales según Decreto Ejecutivo No. 1074, de 15 de junio de 2020;(b) Eliminar los salvoconductos para la circulación vehicular y dejar sin vigencia los emitidos, con excepción de los que se requieran para el funcionamiento de las actividades esenciales determinadas por los órganos competentes de la Administración Pública Central; y,(c) Disponer la:i. Implementación de la ley seca,ii. Prohibición de reuniones sociales; y,iii. Restricción del uso del espacio público para: parques, casas comunales, canchas, escenarios deportivos y conchas acústicas.Artículo 2.- Exhortar al COE Nacional, entregar la potestad de emitir y controlar los salvoconductos para la circulación vehicular al Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, en base a la competencia para la planificación, regulación y control del tránsito y transporte terrestre en el Distrito, contenida en los arts. 264 núm. 6 y 266 de la Constitución de la República; 84 letra q) y 130 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; y, 30.4 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.Artículo 3.- Exhortar al COE Nacional adoptar, estas medidas sobre la base de los informes situacionales y técnicos actuales, que presentarán la Secretaría General de Seguridad y Gobernabilidad, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Movilidad del GAD del Distrito Metropolitano de Quito, que demuestren la situación actual de la ciudad con relación al nivel de propagación de la enfermedad COVID-19 dentro del ámbito de sus competencias, en el plazo máximo de dos (2) días contados desde la emisión de esta resolución.Artículo 4.- Exhortar al COE Nacional y a los COE´s cantonales de la provincia de Pichincha, que trabajen de manera articulada y adopten las medidas que protejan la salud de los habitantes dentro de la provincia y recomendar a los señores alcaldes, se sumen a la presente resolución en sus respectivas jurisdicciones.Artículo 5.- Solicitar al Alcalde Metropolitano tome las medidas necesarias para intensificar los procesos de control, concientización y educación ciudadana para evitar la proliferación de contagios de Covid-19 en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 6.- Exhortar al COE Nacional adopte los lineamiento y observaciones emitidos por el Observatorio al Coronavirus en Pichincha, relacionados con el Covid-19 en el Distrito Metropolitano de Quito. | 14/07/2020 | N/A | ||
C 061 2020 | Requerir a la Secretaría de Salud que en un plazo de 8 días, presente un informe íntegro pormenorizado del cumplimiento de las actividades que se refieren a la Vigilancia Epidemiológica para la Enfermedad COVID-19 en el Distrito Metropolitano de Quito, previstas en los numerales 1, 4 y 5 del artículo innumerado del Libro V “Del Eje para hacer frente a la crisis sanitaria, social y económica generada por el Corona- virus SARS-CoV-2 causante de la enfermedad COVID-19”, Título I, Capítulo II, Sección II “Restricciones y obligaciones de las personas diagnosticadas con la enfermedad Covid-19”. | 07/07/2020 | N/A | ||
C 060 2020 | Solicitar a la Secretaría de Salud del Distrito Metropolitano de Quito un informe respecto a la ejecución del “Contrato de emergencia para la adquisición de reactivos para la determinación de COVID-19 por PCR POLIMERASA para la Secretaría de Salud del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito” No. SS-EE-COVID19-2020-001 con la empresa SALUMED S.A.; el cual deberá incluir el pronunciamiento de la Coordinación Jurídica de la Secretaría de Salud sobre el cumplimiento o no del objeto del referido contrato. | 07/07/2020 | N/A | ||
C 059 2020 | Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano Marco Collaguazo, que señala: Solicitar al Cuerpo de Bomberos y a la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, se entregue de manera inmediata los informes correspondientes respecto a la faja de terreno, producto de remanente vial, ubicado en la parroquia Solanda junto al inmueble clave catastral 31307-24-065, predio No. 188591. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 058 2020 | Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano Marco Collaguazo, que señala: Solicitar a la Dirección Metropolitana de Gestión de Riesgos y a la Administración Zonal La Delicia, entregue de manera inmediata los informes actualizados correspondientes a la faja de terreno, resultado del remanente de área comunal, ubicada en la Av. Manuel Córdova Galarza, sector Los Cipreses, parroquia Carcelén, colindante con los predios Nos. 518307 y 55006. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 057 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2019-022 emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, conocer la sentencia de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio y como efecto de dicha sentencia, y para su efectiva ejecución, autorizar la subdivisión del bien en mención, cambiando las condiciones de ese inmueble en particular y generando una excepción a las condiciones generales.De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo IV.1.79 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, la señora María Angélica Logacho Vargas deberá compensar en valor monetario, la contribución del 15% del área útil adjudicada, de acuerdo al cálculo que realice la Administración Zonal Los Chillos, al momento del pago.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Valle de Los Chillos y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 056 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2019-026 emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de los predios Nros. 58229 y 75074, ubicados en las parroquias Jipijapa y Cotocollao, respectivamente, de este cantón, solicitada por la señora Ana Lucía Hoyos Andrade, debido a que los inmuebles materia de la solicitud corresponden a predios que no son susceptibles de partición, en razón de que los mismos forman parte integrante de una declaratoria de propiedad horizontal, y, en consecuencia no pueden cumplir el régimen jurídico vigente en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar ubdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito etropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a las Administraciones Zonales La Delicia y Eugenio Espejo, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 055 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-009 emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 411220, clave catastral 10912 14 025 000 000 000, ubicado en las calles S/N y Efraín Recalde, parroquia Nayón, solicitada por el señor Leonardo Laso Valencia, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 600.00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 1007.23 m2; y, como tal, no es factible de subdivisión material, conforme la normativa legal vigente.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 054 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-008, emitido por la Comisión de Uso de Suelo en sesión de 13 de enero de 2020, y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 185907, clave catastral 15811 14 006 000 000 000, ubicado en la calle S/N, parroquia San Antonio, solicitada por la Sra. Graciela Patricia Calderón Gallegos, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 600.00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 657.00 m2; y, como tal, no es factible de subdivisión material, conforme la normativa vigente.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal La Delicia y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 053 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-007, emitido por la Comisión de Uso de Suelo en sesión de 20 de enero de 2020, y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 133416, clave catastral 31503 13 002, ubicado en la parroquia La Argelia, solicitada por la Sra. Sandra Patricia Tonato, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 300.00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 291.37 m2; y, como tal, no es factible de subdivisión material, conforme la normativa vigente.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 052 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe No. IC-CUS-2020-006 de 13 de enero de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición del predio No. 99104, con clave catastral No. 3080529007000000000, ubicado en la calle Rosa Yeira, parroquia de San Bartolo, solicitada por el señor Ángel Patricio Portero Proaño, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 300.00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 102 m2; y, como tal, no es factible de subdivisión material, conforme a la normativa legal vigente.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 051 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe No. IC-CUS-2020-005 de 13 de enero de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de los predios Nos. 1219688, 1219705, 1219706 y 1219837, con claves catastrales Nos. 1110704012001004001, 1110704012001101005, 11107040120001101006 y 111070401210110101013, respectivamente,ubicados en la parroquia Iñaquito, solicitada por la señora Els An Thant, debido a que losinmuebles material de la solicitud corresponden a predios que no son susceptibles de partición, en razón de que los mismos forman parte integrante de una declaratoria de propiedad horizontal, y, en consecuencia no pueden cumplir el régimen jurídico vigente en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 050 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe No. IC-CUS-2020-004 de 13 de enero de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de los predios Nos. 126337, 125998, 126066, 125970, 3008756 y 146705, con claves catastrales Nos. 1100610011001011002, 1100610011001009002, 1100610011001001010, 1100610011001102008, 1100610011002001032, 1070612007002009005, respectivamente, ubicados en la parroquia Iñaquito, solicitada por el señor Francisco Larrea, abogado patrocinador de la señora Mónica Susana Fernández de Córdova Caamaño, debido a que los inmuebles material de la solicitud corresponden a predios que no son susceptibles de partición, en razón de que los mismos forman parte integrante de una declaratoria de propiedad horizontal, y, en consecuencia no pueden cumplir el régimen jurídico vigente en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 049 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe No. IC-CUS-2020-003 de 13 de enero de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición del predio No. 58253, con clave catastral No. 30602 18 002, ubicado en la parroquia Chimbacalle, solicitada por el señor Mario Moreno Semblantes y otros propietarios, debido a que, el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 400.00 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 452.00 m2; y, como tal, no es factible de subdivisión material, conforme la normativa legal vigente.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro y a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 02/07/2020 | N/A | ||
C 048 2020 | Artículo 1.- Exhortar a la Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción: i) Que despliegue las medidas necesarias para prevenir acciones u omisiones que implicaren corrupción y, en general, a cumplir sus obligaciones de forma oportuna y debida; ii) Que inicie las acciones legales pertinentes ante la Contraloría General del Estado o la Fiscalía General del Estado en los casos que proceda; y, iii) Que presente un informe completo de la gestión realizada por el Presidente de la Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción, desde el inicio de la gestión, hasta la presente fecha.Artículo 2.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga a los funcionarios de todo el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y de las empresas públicas metropolitanas para que brinden las facilidades necesarias y por tanto, entreguen la información requerida por las autoridades en los plazos o términos establecidos en la normativa.Artículo 3.- Solicitar al Alcalde Metropolitano, requiera a la Contraloría General del Estado, emita un informe sobre las acciones de control planificadas y aquellas realizadas para atender requerimientos particulares, con su nivel de ejecución, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 12 y 14 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, por parte de las unidades de Auditoría Interna del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, de las empresas públicas metropolitanas y demás entidades adscritas, relacionadas con los procesos de contratación efectuados por la Municipalidad, desde el inicio de la gestión hasta la presente fecha. | 30/06/2020 | N/A | ||
C 047 2020 | Artículo 1.- Se solicita al Alcalde Metropolitano la incorporación en el orden del día de todas las sesiones de Concejo Metropolitano, mientras dure la emergencia de un punto que incluya, un informe de la Secretaría de Salud respecto de:1. Cumplimiento del cronograma semanal de realización y número de pruebas aplicadas, así como número de positivos y negativos. (sin nombre para no violar la intimidad)2. Respecto al desarrollo y cumplimiento, de convenios para el procesamiento de las pruebas de COVID-19, adquiridas por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.3. Estado de capacidad especificando el número de atenciones realizadas en el Centro de Atención Temporal en el Bicentenario y las Unidades de Salud del Municipio. 4. Detalle de valores a cancelar en laboratorios privados y otras entidades, además el detalle del cumplimiento de las condiciones contractuales.Artículo 2.- Exhorto al COE Nacional y Cantonal a fin de que se comunique los datos estadísticos que permitan determinar la situación real de la emergencia sanitaria en el Distrito Metropolitano de Quito, a fin de tener los elementos necesarios para tomar las acciones oportunas y precautelar la salud en beneficio de la ciudadanía; y se considere las medidas propuestas por el Alcalde Metropolitano del Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 3.- En concordancia con el artículo 1.1.31 del Código Municipal y con los artículos 16 y 17 de la Resolución C-074 en los requerimientos a los distintos órganos se haga prevención sobre la aplicación del régimen disciplinario cuando corresponda en caso de incumplimiento injustificado a los requerimientos realizados, de conformidad con el régimen jurídico aplicable. | 30/06/2020 | N/A | ||
C 046 2020 | Solicitar al señor Alcalde Metropolitano, disponga a las instituciones municipales correspondientes, de acuerdo a sus competencias entreguen de manera inmediata un cronograma de acciones, definiendo una hoja de ruta con el objetivo de solucionar el problema del Lote A-3-6. | 30/06/2020 | N/A | ||
C 045 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-026 emitido por la Comisión de Uso de Suelo del 09 de marzo de 2020, y por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 286502, clave catastral Nro. 30714-11-001, ubicado en la parroquia Lloa, solicitada por la señora Nancy Guadalupe Correa Pacheco con su abogado patrocinador, Dr. Juan Carlos Quishpe, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 200 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, al contar el predio objeto de análisis con una superficie total de 250,00m2, por lo tanto, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Eloy Alfaro y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 044 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-025 del 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 127710 clave catastral anterior Nro. 11903-14-004-002-001-001, ubicado en la parroquia La Concepción, solicitada por la señora Mónica Arias Villagómez con su abogado patrocinador, Polo Santamaría Herrera, puesto que el predio constituye alícuota de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal, y como tal, no es factible de subdivisión. En estas condiciones no puede cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 043 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-023 del 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de los predios Nros. 230543, 108698 y 27346, claves catastrales Nros. 1091304001001001002, 1091304001001001001001 y 1170619001002003001, respectivamente, ubicados en la parroquia Jipijapa, solicitada por el Sr. Hugo Rafael Dávila Grijalva, debido a que los informes de la Administración Zonal Eugenio Espejo establecen que los inmuebles forman parte de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal y se encuentra debidamente individualizados con su respectiva alícuota y no son factibles de subdivisión, en estas condiciones, no pueden cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 042 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-22 del 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de los predios Nros. 0799618, 0799621, 0799630, 0799633, 0799639 y 0799642, clave catastral Nro. 170104290094023, ubicados en la parroquia San Isidro del Inca, solicitada por el Sr. Byron David Aguilar Santacruz, debido a que los predios forman parte de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal y se encuentran debidamente individualizados con sus respectivas alicuotas y como tal no son factibles de subdivisión, en estas condiciones, no pueden cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eugenio Espejo y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 041 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020- 021 del 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de los predios Nros. 273099 y 273089, claves catastrales Nros. 31507-01-003-001-001-011 y 31507-01-003-001-001-002, ubicados en la parroquia Solana., solicitada por el Sr. Wilman Marcelo Campaña Coloma con su abogado patrocinador, Luis Guachamín Medina, debido a que los predios forman parte de un bien declarado bajo el régimen de propiedad horizontal y se encuentran debidamente individualizados con su respectiva alicuota, por lo tanto, no pueden cumplir con los requisitos y presupuestos materiales previstos en el régimen jurídico aplicable, en lo referente al lote y frente mínimos, necesarios para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 040 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-020 del 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 68574, clave catastral 31004 48 020, ubicado en la parroquia San Bartolo, solicitada por la Abg. Brenda Leonor Ponce Toala, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 200 m2, requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 135.00 m2; y, como tal, no puede cumplir con el requisito y. presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 039 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-019 del 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición de del predio Nro. 129696, 6, clave catastral anterior Nro. 31006-55-014, ubicado en la parroquia San Bartolo, solicitada por la Dra. Mercy Lucía Jiménez Troya, Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente de Sucúa de Morona Santiago, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 200,00 m2 y el frente mínimo de 10,00 m, requericaso, por cuanto el predio tiene una superficie de 104,00 m2 y frente 6,38 m., por lo tanto, nomiento que no se cumple en el presente puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 038 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-018 de 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo; y, por tanto, no autorizar la partición de del predio Nro. 38236, Clave Catastral 30605 03 001, ubicado en la parroquia Chilibulo, solicitada por el Dr. Marlon Santorum Montero, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 300,00 m2., requerimiento que no se cumple en el presente caso, por cuanto el predio tiene una superficie de 209,99 m2., por lo tanto, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 037 2020 | Artículo 1.- Acoger el informe Nro. IC-CUS-2020-017 de 09 de marzo de 2020, emitido por la Comisión de Uso de Suelo, y por tanto, no autorizar la partición del predio Nro. 93551, clave catastral 30702 19 013, ubicado en la parroquia Chimbacalle, solicitada por señor Marco Domínguez Llano con su abogada patrocinadora, María Rosario Morejón, debido a que el lote mínimo para subdivisión en el sector es de 400,00 m2 y con un frente mínimo de 12,00 m, requerimiento que no se cumple en el presente caso; y, como tal, no puede cumplir con el requisito y presupuesto material previsto en el régimen jurídico aplicable, en lo referente a lote mínimo, necesario para aprobar subdivisiones de bienes inmuebles en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Comuníquese al interesado, a la Administración Zonal Eloy Alfaro, y, a la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, a fin de que se continúe con los trámites de ley. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 036 2020 | Artículo 1.- Refórmese parcialmente el cronograma del proceso de priorización de la regularización de asentamientos humanos de hecho y consolidados, aprobado mediante Resolución número C037-2019, de 19 de julio de 2019, Resolución número C062-2019 de 20 de agosto de 2019 y fe de erratas número 002-2019 de 22 de agosto de 2019, conforme anexo de la presente resolución, debido a las circunstancias sanitarias por las que atraviesa el Distrito Metropolitano de Quito, manteniendo los mismos parámetros de calificación determinados en las resoluciones mencionadas.Artículo 2.- Los plazos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Resolución número C-037-2019, se modifican de conformidad al cronograma anexo a la presente Resolución.Artículo 3.- La Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana por medio de la Unidad Especial "Regula tu Barrio" notificará, en un término de hasta 15 días, el nuevo cronograma del proceso del priorización de la regularización de asentamientos humanos de hecho y consolidados a los representantes de cada uno de los barrios que conforman esta planificación de trabajo.Artículo 4.- Del cumplimiento de la presente resolución encárguese a la Unidad Especial Regula tu Barrio, dentro del ámbito de sus competencias.Artículo 5.- Considerando que la Unida Especial Regula Tu Barrio, no cuenta con el recurso humano necesario para dar cumplimiento a los plazos establecidos en la presente resolución, se resuelve exhortar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito a fin de que se sirva disponer al señor Secretario General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, se realice el proceso de contratación del personal debidamente capacitado para el efecto. | 25/06/2020 | N/A | ||
C 035 2020 | Artículo 1.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga a la Secretaria General de Planificación, que inserte en los instrumentos de planificación de la Municipalidad políticas transversales que permitan una lucha eficaz contra la corrupción. Sobe esta base se implementará planes, programas y proyectos, con indicadores que permitan su evaluación.Artículo 2.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga al órgano competente de la Municipalidad que elabore un plan de capacitación y formación para autoridades, funcionarios y servidores públicos municipales, con el fin de asegurar la comprensión de sus responsabilidades y normas éticas que rigen sus actividades, para prevenir los actos de corrupción y transparentar la gestión.Artículo 3.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga al órgano competente de la Municipalidad que diseñe mecanismos de control y estrategias para prevenir la corrupción y detectar irregularidades en los procedimientos precontractuales, contractuales y de ejecución en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Empresas, Fundaciones y Entidades Adscritas.Artículo. 4.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga al órgano competente de la Municipalidad que establezca mecanismos para que la ciudadanía, funcionarios y servidores puedan denunciar posibles actos de corrupción en el Municipio del DMQ, sus Empresas, Fundaciones y Entidades Adscritas.Artículo 5.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga al órgano competente de la Municipalidad que desarrolle procedimientos democráticos que integren a la sociedad civil al debate público, a la toma de decisiones sobre los proyectos importantes para la ciudad, al seguimiento y control de los mismos, a través de la herramienta de gobierno abierto, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 95 de la Constitución de la República del Ecuador.Artículo 6.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que disponga a la Secretaría de Educación, Recreación y Deporte que, en coordinación con el ente rector nacional de la materia, se planifique la incorporación de una materia de ética y valores en el plan de estudios en las instituciones educativas públicas municipales, a fin de hacer conciencia en la niñez y juventud estudiantil en la prevención de la corrupción.Artículo 7.- Exhortar al Alcalde Metropolitano para que la contratación de personal de secretarios, gerentes y altos funcionarios sea resultado de una valoración profesional y experiencia.Artículo 8.- Requerir al Alcalde Metropolitano solicite a la Contraloría General del Estado se realice un examen especial de todos los procesos precontractuales, contractuales y en ejecución efectuados en la Municipalidad, Empresas, Fundaciones y Entidades Adscritas durante la Administración del Alcalde Mauricio Rodas.Artículo 9.- Exhortar a la Fiscalía General del Estado la celeridad en las investigaciones para que dé respuesta a las solicitudes efectuadas a los procesos de contratación realizados en la Administración del Alcalde Mauricio Rodas Espinel.DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Primera. - La Secretaria de Planificación presentara a este Concejo la política anticorrupción, en un plazo de tres meses a partir de la aprobación de la presente resolución.Segunda. - El ICAM conjuntamente con la Comisión Metropolitana de la Lucha Contra la Corrupción presentara el plan de capacitación para prevenir los actos de corrupción y transparentar la gestión, en treinta días a partir de la aprobación de la presente resolución.Tercera. - La Comisión Metropolitana de la Segunda. - El ICAM conjuntamente con la Comisión Metropolitana de la Lucha Contra la Corrupción presentara el plan de capacitación para prevenir los actos de corrupción y transparentar la gestión, en treinta días a partir de la aprobación de la presente resolución.Cuarta. - La Administración General en coordinación con la Secretaria de Planificación, pondrán en operación los mecanismos para que la ciudadanía denuncie los posibles actos de corrupción en Municipio del DMQ, empresas y entidades adscritas en un plazo de un mes a partir de la aprobación de la presente resolución. | 23/06/2020 | N/A | ||
C 034 2020 | Exhortar a la asamblea Nacional, se reconsidere la factibilidad de eliminar la Disposición Transitoria Vigésima Segunda del Proyecto de Ley denominado "Ley Humanitaria", la cual permitirá el ingreso de vuelos internacionales directos a Galápagos, requerimiento que se realiza bajo los siguientes argumentos: (i) las fuertes implicaciones negativas que generaría en la economía del Distrito Metropolitano de Quito; y, (ii) las posibles afectaciones que podrían generarse en la biota nativa galapagueña. | 16/06/2020 | N/A | ||
C 033 2020 | Artículo 1.- Convocar al Presidente de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción - Quito Honesto, para que presente, en la siguiente sesión del Concejo Metropolitano, un informe de la evaluación realizada a los procesos de contratción pública que se han llevado adelante en las diferentes entidades metropolitanas, a partir de la declaratoria de emergencia causada por el COVID 19.Artículo 2.- Solicitar a las máximas autoridades de las Empresas Públicas Metropolitanas, que realicen una evaluación de la ejecución de los contratos que son objeto de investigación, que incluya, entre otros, los siguientes aspectos;(i) revisión de los pagos de planillas; (ii) procedencia de la imposición de multas; (iii) pertinencia de la ejecución de garantías; (iv) ixdentificación de posibles causales de nulidad de los contratos suscritos; y, (v) inicio de los procedimientos sumario administrativos en contra de los servidores municipales relacionados con los procesos de contratación en donde se han detectado posibles irregularidades; y, presenten un informe al respecto para conocimiento del Concejo Metropolitano que incluya, además un cuadro comparativo con el detalle de los procesos precontractuales, estudios de mercado, oferentes, informes técnicos y la justificación de las contrataciones efectuadas. | 16/06/2020 | N/A | ||
C 032 2020 | Exhortar al señor Alcalde a que tome todas la medidas necesarias, que están bajo su competencias en coordinación con el Gobierno Nacional, en pos de solucionar la situación alarmante mencionada por la Dra. Marlyn Mosquera, Presidenta del Comite Pro Mejoras "Unidad Nacional", sobre todo en el tema de seguridad para garantizar la vida de sus habitantes; y se informe a este Concejo los resultados de la gestión, en un plazo máximo de 15 días, contados a partir de la presente resolución. | 16/06/2020 | N/A | ||
C 031 2020 | Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano Fernando Morales, que señala: Insistir a la Secretaría de Salud respecto a la entrega inmediata de la información solicitada en cumplimiento a la Resolución del Concejo Metropolitano de Quito No. C 028-2020 de 02 de junio de 2020 y solicitar se entregue: (i) cronograma de estrategias y planificación del proceso de aplicación continua y procesamiento de pruebas en el Distrito Metropolitano de Quito, (ii) informe detallado respecto a los convenios suscritos con laboratorios para el procesamiento de las mismas, y, (iii) informe sobre la reposición de materiales para la ejecución de pruebas en el Laboratorio de la Universidad Central del Ecuador. | 09/06/2020 | N/A | ||
C 030 2020 | Artículo 1.- Ratificar el comoromiso del Concejo Metropolitano de Quito con la lucha contra la corrupción y, por tanto, condenar todo acto de corrupción que se haya producido o se produzca en las entidades u organos que conforman el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y las Empresas Públicas Metropolitanas.Artículo 2.- Solicitar al señor Contralor General del Estado se sirva disponer que, de manera prioritaria, se realicen los exámenes especiales de todos los procesos de contratación pública efectuadas por las dependencias del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito durante la emergencia sanitaria, conforme los requerimientos efectuados por el señor Alcalde Metropolitano así como las máximas autoridades ejecutivas de las empresas públicas metropolitanas respectivas, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, en particular, aquellos relacionados con los procesos en los cuales se han presentado denuncias por parte de la ciudadanía. Artículo 3.- Exhortar a la Fiscalía General del Estado para que las investigaciones de los presuntos actos de corrupción en las dependencias que conforman el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, sus empresas y entidades adscritas se desarrollen con celeridad, dándoles la prioridad que los casos ameritan.Artículo 4.- Disponer a las máximas autoridades de los organos y entidades adscritas del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, incluyendo a las empresar públicas metropolitanas que, en el término improrrogable de ocho (8) días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, remita a éste Cuerpo Edilicio, los expediente relacionados con todos los procesos ordinarios, especiales y de emrgencia que se han efectuado desde el 01 de noviembre de 2019 hasta la fecha, presentados en un listado que contenga: el código de contratación, objeto contractual, monto contratado, razón social y RUC del proveedor, palzo contractual y la fecha de publicación en portal de compras públicas del Servicio Nacional de Contratción Pública "SERCOP". Se deberá remitir además la respectiva información preparatoria, precontractual y contractual de cada proceso. | 04/06/2020 | N/A | ||
C 029 2020 | Artículo 1.- Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano Santiago Guarderas, que señala: Solicitar a la Dirección Metropolitana de Informática presente un informe pormenorizado respecto del “Contrato de cesión de derechos de uso del Sistema de Matriculación Vehicular Eficiente FENIX”, suscrito el 02 de abril de 2020, entre la Agencia Metropolitana de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador – AEADE.Artículo 2.- Solicitar a la Dirección Metropolitana de Informática un informe sobre las acciones adoptadas con el propósito de implementar el proyecto de digitalización de todos los procesos de competencia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y el estado del mismo. | 02/06/2020 | N/A | ||
C 028 2020 | Aprobar la moción presentada por el Concejal Metropolitano, Fernando Morales, que señala: Solicitar a la Secretaría de Salud, presente de manera inmediata el plan detallado, cronograma de realización y número de pruebas aplicadas, respecto de las pruebas adquiridas por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. | 02/06/2020 | N/A | ||
C 027 2020 | Artículo 1.- Exhortar al Alcalde Metropolitano, disponga a la Empresa de Gestión Integral de Residuos Sólidos, en coordinación con la Secretaria de Ambiente, para que, en un plazo perentorio, presente ante el Concejo Metropolitano, un Plan Técnico de Evacuación de lixiviados del Relleno Sanitario de El Inga.Artículo 2.- Solicitar al Alcalde Metropolitano, que efectúe las acciones necesarias, que conduzcan a la habilitación de un nuevo cubeto emergente, que permita el adecuado tratamiento de desechos del Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 3.- Solicitar al Alcalde Metropolitano, requiera a la Contraloría General del Estado realice un examen especial al CONVENIO DE PAGO “SERVICIO DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS” suscrito por la Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos con la empresa AWT. S.A. el 07 de mayo del 2020.Artículo 4.- Solicitar al Alcalde Metropolitano requiera a la Contraloría General del Estado, realice un examen especial de las acciones realizadas por Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos EMGIRS, referente al manejo de las plantas PTL, PSEP que se encargan del tratamiento de los lixiviados; se haga el examen de la planta de separación de residuos sólidos, así como de todos los procesos precontractuales, contractuales y también de los convenios de pagos que la empresa haya realizado en función de esto, por un período de 5 años.Artículo 5.- Exhortar al Alcalde Metropolitano que disponga la realización de una Auditoría Ambiental al Plan de Manejo Ambiental del Sistema de Manejo de Lixiviados del Centro de Disposición Final de Residuos “Relleno Sanitario del Distrito Metropolitano de Quito”, a fin de que se determinen si existen incumplimientos o pasivos ambientales. En caso de que existan incumplimientos, se elaborará el correspondiente Plan de Acción; y, en caso de que existan pasivos ambientales, se elaborará y ejecutará el correspondiente Plan de Reparación Integral, se incluirá de forma prioritaria en la planificación la corrección de pasivos y se notificará al Sistema de Información de Pasivos.Artículo 6.- Exhortar al señor Alcalde que se disponga la realización de mesas técnicas entre la Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos, EMGIRS E.P., la Secretaría de Ambiente y los Centros de Investigación en temas ambientales de las Universidades y Escuelas Politécnicas de Quito a fin de obtener información científica útil para la planificación del manejo de pasivos ambientales.Disposición Transitoria Primera. – Solicitar a la Secretaría de Ambiente, Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Secretaría de Comunicación que en el plazo de 15 días se entregue un Plan Integral de Manejo de residuos sólidos en el Distrito Metropolitano de Quito, desde la fuente hasta la disposición final.Disposición Transitoria Segunda Encárguese la ejecución de la presente resolución a la Secretaría de Ambiente, la misma que evaluará el resultado de las actividades desarrolladas en el plazo de tres meses. Disposición Transitoria Tercera. - En un plazo no mayor de tres meses, la Secretaría de Ambiente presentará ante la Comisión de Ambiente, los informes y planes determinados en la presente Resolución. | 28/05/2020 | N/A | ||
C 026 2020 | Artículo 1.- Exhortar al Comité de Operaciones de Emergencia Metropolitano, presidido por el señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, que adopte decisiones sobre la base de los informes técnico científicos y la evidencia estadística, presentada por las autoridades nacionales y cantonales de salud competentes, y por la mesa técnica pertinente,que garanticen la protección de la vida y salud de la población, frente al nivel de propagación de la enfermedad del coronavirus COVID-19.Artículo 2.- Exhortar al Comité de Operaciones de Emergencia Metropolitano que realice un monitoreo permanente de los datos estadísticos que reflejen el nivel de contagio de la enfermedad del COVID-19, así como del número de decesos causados por ésta en el Distrito Metropolitano de Quito, entregados por la autoridad nacional competente, de tal forma que esta información motive la adopción de medidas adicionales o la revocatoria de éstas, conforme la evolución que el nivel de contagio exija en el territorio distrital.Artículo 3.- Exhortar a los Comités de Operaciones de Emergencia Provincial de Pichincha y del Distrito Metropolitano de Quito que trabajen de manera articulada para garantizar los planes y protocolos de ayuda humanitaria permanente, ágil y oportuna, con énfasis en población en situación de pobreza, pobreza extrema, grupos de atención prioritario y sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad.Artículo 4.-Exhortar al Alcalde Metropolitano que como parte de la ayuda humanitaria mencionada en el artículo anterior y de considerarlo procedente, analice la posibilidad de incluir canastas alimenticias nutritivas que sean elaboradas en coordinación con pequeños productores locales, mercados y comerciantes de ferias y plataformas.Artículo 5.- Exhortar al Alcalde Metropolitano de Quito, disponga que la Secretaría de Comunicación, en coordinación con las Secretarías de Educación y Cultura, a través de los medios de comunicación convencionales y no convencionales, informen de manera inmediata y oportuna sobre las medidas que adopte como primera autoridad de la ciudad y Presidente del Comité de Operaciones de Emergencia Metropolitano, con el fin de concientizar y educar a la ciudadanía, en medidas enfocadas en la incorporación de hábitos saludables, medidas de protección, auto cuidado y auto control. | 26/05/2020 | N/A | ||
C 025 2020 | Artículo 1. – Felicitar, reconocer y agradecer a todas las enfermeras, así como a todos los enfermeros que laboran asistiendo a los pacientes en las Casas de Salud Públicas y Privadas en la República del Ecuador, sobre todo por su trabajo arduo, valiente e infatigable, enfrentando con esfuerzo, profesionalismo y resiliencia ésta crisis sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19 a nivel nacional.Artículo 2. - Con el objetivo de rendir un merecido homenaje a todos los enfermeros y enfermeras de la República del Ecuador, que realizan ésta loable labor, en el marco de la celebración del día internacional de la enfermería, establecido el 12 mayo de cada año desde 1974.Artículo 3. - Entregar la presente resolución que otorga el acuerdo de felicitación a la Federación Ecuatoriana de Enfermeras y Enfermeros, en sesión del Concejo Metropolitano de Quito. | 26/05/2020 | N/A | ||
C 024 2020 | Otorgar la Mención de Honor Estudiantil "Abdón Calderón", a los abanderados y abanderadas del Pabellón Nacional de los Colegios del Distrito Metropolitano de Quito, del año lectivo 2019- 2020, de conformidad al listado que se adjunta a la presente resolución como documento habilitante de la misma, remitido mediante oficio No. GADDMQ-SERD-2020-00468-O de 15 mayo de 2020, suscrito por el magíster Fernando Herrera Manosalvas, Secretario de Educación, Recreación y Deporte del Distrito Metropolitano de Quito. | 19/05/2020 | N/A | ||
C 023 2020 | Felicitar y reconocer al Hospital de Especialidades Eugenio Espejo en su octogésimo séptimo aniversario, por su destacada labor y firme compromiso en promocionar la salud y la prevención de enfermedades a lo largo de su historia, garantizando y protegiendo de esta forma la salud integral de los ciudadanos en el Distrito Metropolitano de Quito. | 19/05/2020 | N/A | ||
C 022 2020 | Artículo 1.- Exhortar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, para que, en respuesta a la emergencia sanitaria producida por el coronavirus COVID- 19, dentro del marco de sus competencias, a través de la Secretaría de Cultura, desarrolle: (i) políticas de fomento y apoyo a las actividades, servicios y productos artístico-culturales con las adaptaciones tecnológicas correspondientes; y, contemple en ellas acciones afirmativas coherentes con las demandas del sector del arte, cultura y patrimonio (ii) mecanismos para la activación del sector de las artes y la cultura en el Distrito Metropolitano de Quito.Artículo 2.- Exhortar al Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, para que, dentro del marco de sus competencias, salvaguarde los recursos que dispone el MDMQ en la planificación presupuestaria del año 2020, en los proyectos del ámbito de las artes y la cultura, focalizando la promoción de los trabajadores nacionales o extranjeros radicados en el Distrito Metropolitano de Quito, en dicho sector cultural, siempre que no influya con las necesidades de la ciudad por la emergencia sanitaria relativa al COVID-19 y sus consecuencias.Artículo 3.- Exhortar al señor Alcalde disponga, a la Secretaría de Comunicación, en coordinación, con la Secretaría de Cultura, generen un plan estratégico y alternativas de comunicación y difusión en el contexto de la emergencia sanitaria del COVID19 y sus consiguientes efectos, que incluya una plataforma virtual como espacio de difusión a fin de impulsar procesos de formación de públicos críticos, circulación de contenidos, productos y servicios artísticos, culturales y promoción de las acciones que se desarrollen en los espacios culturales en el Distrito Metropolitano de Quito; sin que ello afecte el presupuesto del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito para atender la emergencia sanitaria del Covid 19.Artículo 4.- Exhortar al señor Alcalde del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, para que disponga a las Secretarías de Educación, Recreación y Deporte; y, de Desarrollo Productivo y Competitividad trabajen de manera coordinada y articulada en el Plan que la Secretaría de Cultura debe desarrollar de conformidad al artículo 1 de esta Resolución, a fin de que puedan contribuir con la difusión, fomento y reactivación de la economía del arte y la cultura del Distrito Metropolitano de Quito.Disposición General Primera.- Encárguese a la Secretaría de Cultura la coordinación y seguimiento de la presente resolución.Disposición General Segunda.- Encárguese a la Secretaría de Comunicación del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, diseñe y ejecute las acciones necesarias a fin de cumplir con la promoción y difusión de la presente resolución.Disposición General Tercera.- Establecer la coordinación entre las comisiones de Eduación y Cultura, con la Comisión de Uso de Suelo, a fin de iniciar el proceso para diligenciar las acciones legislativas que habiliten el desarrollo de las actividades económicas de las artes y circulación de servicios y productos en espacios y centros culturales del Distrito Metropolitano de Quito.Disposición General Cuarta.- La Secretaría de Cultura, presentará a la Comisión de Educación y Cultura, los lineamientos y acciones para la activación económica de las artes en el término de 15 días, a partir de la aprobación de la presente resolución. | 12/05/2020 | N/A | ||
C 021 2020 | Aprobar la moción presentada por la concejala Mónica Sandoval, que señala: Dar por conocido el proyecto de resolución para la Activación Económica de las Artes y la Cultura en el Distrito Metropolitano de Quito, con el objetivo que se analicen las observaciones presentadas de los concejales metropolitanos, y dar su respectivo tratamiento en la siguiente sesión ordinaria del Concejo Metropolitano de Quito. | 05/05/2020 | N/A | ||
C 020 2020 | Artículo 1.- Solicitar al Alcalde Metropolitano para que en coordinación con el Comité de Operaciones de Emergencia Metropolitano, desarrolle un reporte semanal, mientras dure la emergencia, con la evolución de los datos respecto a la propagación del virus y la disponibilidad del sistema de salud del Distrito Metropolitano, y una evaluación de las metas requeridas para cambiar el color del semáforo dispuesto por el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional en la Resolución de 02 de abril de 2020.Artículo 2.- Solicitar al Comité de Operaciones de Emergencia Nacional y del Distrito Metropolitano de Quito, según sus atribuciones, se mantenga la categoría de restricción correspondiente al semáforo rojo, aplicando el aislamiento social preventivo obligatorio vigente en la circunscripción territorial del Distrito Metropolitano de Quito, hasta el plazo que sea determinado con base en la evidencia científica que se disponga , recomendando la extensión de la medida en toda la provincia de Pichincha junto con los demás COES Cantonales de la provincia y con el COE Provincial.Artículo 3.- Solicitar a los Comités de Operaciones de Emergencia Nacional, Provincial de Pichincha y del Distrito Metropolitano de Quito, continúen trabajando de manera articulada para garantizar las condiciones necesarias para que la ciudadanía pueda acogerse a las condiciones señaladas en los artículos anteriores, con énfasis en lo que respecta a entrega de ayuda humanitaria para población en situación de pobreza, pobreza extrema, grupos de atención prioritario y sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad.Artículo 4.- Exhortar al Alcalde Metropolitano para que se fortalezca y garantice que en las dependencias municipales, instituciones y empresas públicas metropolitanas que se mantienen prestando servicios para atender la emergencia sanitaria provean de los medios necesarios de bioseguridad a todo el personal que se encuentra trabajando en primera línea en diferentes áreas con énfasis en el personal de salud, personal de aseo, personal de atención a grupos sociales, entre otros funcionarios que se encuentren prestando servicios para contener la emergencia sanitaria.Artículo 5.- Solicitar al Alcalde Metropolitano que exhorte a sus máximas autoridades de las diferentes instituciones municipales que los funcionarios municipales que se encuentran al momento trabajando en primera línea en las diferentes dependencias, instituciones y empresas públicas metropolitanas, cuenten con vehículos de recorrido adecuados, desinfectados y con las medidas de bioseguridad necesarios para la transportación de personas. | 28/04/2020 | N/A | ||
C 019 2020 | Exhortar al señor Alcalde Metropolitano para que disponga a la Administración General y a la Unidad Patronato Municipal San José, con los informes respectivos, deje sin efecto la suspensión de los plazos fijados en los convenios suscritos entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y las adjudicatarias de los Guaguas Centros, hasta que la Unidad Patronato Municipal San José realice y ejecute los planes de contingencia y los ajustes que sean del caso a los convenios. | 21/04/2020 | N/A | ||
C 018 2020 | Artículo 1. - Entregar un acuerdo de felicitación en agradecimiento para los servidores municipales que se encuentran laborando en la emergencia sanitaria en Ecuador por el COVID-19: personal de la Secretaria General de Seguridad y Gobernabilidad, de la Secretaria de Ambiente, Cuerpo de Bomberos, Agentes de Control Metropolitanos, inspectores, instructores, resolutores y demás funcionarios de la Agencia Metropolitana de Control, personal de salud, personal aeroportuario, personal de control de mercados, personal de la Empresa Pública Metropolitana de Aseo, personal de la Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos, personal de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, agentes y fiscalizadores de tránsito, personal de la Unidad Patronato Municipal San José, la Secretaría de Inclusión Social, Secretaria de Salud y personal de la Secretaria General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana; así como demás personal que se encuentra trabajando en territorio; por su destacada labor y compromiso al servicio de la comunidad, durante la emergencia sanitaria en Ecuador por COVID-19 decretada por el Gobierno Nacional. Este acuerdo de felicitación lo recibirán cada servidor de las entidades antes mencionadas.Artículo 2.- Solicitar al señor Alcalde que analice la viabilidad técnica, jurídica y financiera para implementar un modelo de gestión que permita que los servidores y trabajadores mencionados en el artículo uno, adquieran estabilidad en sus puestos de trabajo. | 14/04/2020 | N/A | ||
C 017 2020 | Artículo 1.- Entregar un acuerdo de felicitación a la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital de Especialidades Eugenio Espejo de Quito, por su ardua y admirable labor profesional desempeñada en la recuperación del primer paciente diagnosticado con COVID-19, atendido en la ciudad de Quito.Artículo 2.- Reconocer el compromiso altruista de los trabajadores de la salud, héroes en la lucha contra el COVID-19, que cada día con su valentía, compromiso y entrega cumplen con la incansable y noble labor de salvar vidas y mejorar las condiciones de salud de los ciudadanos del Distrito Metropolitano de Quito. | 14/04/2020 | N/A | ||
C 016 2020 | De acuerdo a lo manifestado en esta sesión por la Administradora General respecto del cumplimiento de lo previsto en las normas de los artículos 90 literal o) y 256 del COOTAD, en función de que la competencia del traspaso de fondos en una misma área es atribución del Alcalde Metropolitano, se da por conocido el Informe Financiero, presentado por la Administradora General, sobre los mecanismos de traspasos para la atención de la emergencia sanitaria por el virus COVID-19, contenido en el oficio No. GADDMQ-AG-2020-0187-O; y, la resolución No. A-027, de 31 de marzo de 2020. | 03/04/2020 | N/A | ||
C 015 2020 | Otorgar las becas Alfredo Pareja Diezcanseco, Municipalidad de Quito y Luis Calderón Gallardo, correspondientes al año 2020 a los alumnos beneficiarios de los centros educativos municipales, que constan en el informe y nómina adjuntos al oficio Nro. GADDMQ-SISI-DEABC-2020-0012-O de 06 de febrero de 2020, emitido por la Dirección Ejecutiva de Becas y Créditos, documentos que se adjuntan a la presente resolución como parte íntegra de la misma. | 10/03/2020 | N/A | ||
C 014 2020 | Entregar un acuerdo de felicitación con motivo de la conmemoración de los 15 años de constitución y trayectoria de la Asociación de Mujeres del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, por su destacada labor, lucha y compromiso permanente por la equidad de género.Disposición Transitoria.- Solicitar a la Secretaría de Inclusión Social elabore y presente durante el transcurso del año 2020, una agenda de trabajo enfocada en derechos para las trabajadoras del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a corto, mediano y largo plazo. | 10/03/2020 | N/A | ||
C 013 2020 | Solicitar al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, se incluya en el orden del día de la siguiente sesión del Concejo Metropolitano, el informe y presentación del Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas, respecto al oficio Nro. GADDMQ-DC-FME-2020-0209-O, relativo a las acciones ejecutadas en el plan de repavimentación integral de la ciudad, incluyendo planillas y un detalle de facturas de los subcontratistas de los contratos citados en el oficio referido; y, el informe y presentación de la Supervisora de la Agencia Metropolitana de Control, respecto a las acciones ejecutadas referente a la publicidad exterior en el Distrito Metropolitano de Quito. | 10/03/2020 | N/A | ||
C 012 2020 | Artículo Único.- Entregar un acuerdo de felicitación para conmemorar los 50 años de la vigencia del Plan Nacional de Medicina Rural y reconocer a la primera promoción de médicos rurales del Ecuador, graduados en la Universidad Central en el año 1970, por su destacada labor profesional y compromiso en la transformación del modelo de atención en la salud pública del país. |
03/03/2020 | N/A | ||
C 011 2020 | Artículo 1.- Solicitar al señor Alcalde Metropolitano que disponga a la Administradora General y a la Procuraduría Metropolitana que, en el plazo de 8 días remitan, en el ámbito de sus competencias, un informe detallado respecto del descuento que se realiza a los funcionarios municipales por concepto de cesantía adicional. Artículo 2.- Solicitar al señor Alcalde Metropolitano que, requiera una auditoría por parte de la Contraloría General del Estado para que revise el proceso seguido para el descuento que se realiza mensualmente a los funcionarios municipales por concepto de cesantía adicional. Artículo 3.- Solicitar al señor Alcalde que, disponga la aplicación de las acciones correctivas, de ser el caso y de conformidad al marco jurídico vigente para el descuento de los valores a los funcionarios municipales que no hayan consentido de manera expresa y por escrito, su voluntad de que se realice dicho descuento por concepto de cesantía adicional. |
18/02/2020 | N/A | ||
C 010 2020 | Artículo 1.- Refórmese la Resolución No. C 250 del Concejo Metropolitano de Quito, de 16 de diciembre de 2014, mediante la cual se aprobó el inventario de bienes inventariados y preseleccionados del Barrio La Floresta, eliminando de ésta los siguientes predios: |
11/02/2020 | Comisión de Áreas Históricas y Patrimonio | ||
C 009 2020 | Art. 1.- Reconocer como manifestaciones del patrimonio inmaterial que constan en el inventario del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural a las siguientes: (i) "Pase del Niño Carnavalero, Barrio San Juan de la Tola de Pintag"; (ii) "Carnaval de Amaguaña"; (iii) "Carnaval Bolivarense, en el Barrio el Rocío de la Parroquia de Guamaní"; (iv) "Carnaval Quiteño en el Centro Histórico — Quito, Pichincha"; y aquellos que se registren como patrimonio inmaterial de acuerdo a la normativa legal vigente, a fin de establecer los adecuados mecanismos de salvaguarda. Art. 2.- Solicitar al señor Alcalde Metropolitano que, en el ejercicio de las competencias que le asigna el régimen jurídico aplicable: (i) adopte las medidas necesarias tendientes a establecer dentro de las políticas en materia de cultura del Distrito Metropolitano de Quito un componente específico del que se deriven acciones relacionas con la salvaguarda del patrimonio de las manifestaciones de patrimonio inmaterial relacionadas con los Carnavales que se realizan en el Distrito Metropolitano de Quito; y, (ii) disponga a los órganos competentes de la Municipalidad para que, en forma coordinada, generen de manera oportuna los instrumentos necesarios para la formulación en referencia, hasta su implementación. Art. 3.- Exhortar a la Empresa Pública Metropolitana de Gestión del Destino Turístico "Quito Turismo" en el ejercicio de las competencias que le asigna el régimen jurídico aplicable, considerar como atractivos turísticos a los Carnavales de Quito y sus Parroquias, a fin de fortalecer las tradiciones culturales y el turismo nacional e internacional en el Distrito Metropolitano de Quito, para lo cual, deberá crear el plan de promoción y difusión de los mismos. Art. 4.- Exhortar al Alcalde Metropolitano y a los Gerentes de las Empresas Públicas Metropolitanas la realización de las acciones que se requieran para que las dependencias que conforman la Municipalidad y cada una de las Empresas Públicas Metropolitanas, participen activamente en la campaña de difusión y promoción de los Carnavales de Quito. DISPOSICIONES GENERALES. - Primera. - Encárguese a la Secretaría de Cultura la coordinación y seguimiento de la presente resolución. Segunda. - Solicitar a la Secretaría de Comunicación del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, diseñe y ejecute las acciones necesarias a fin de cumplir con la promoción y difusión del Patrimonio Inmaterial objeto de la presente Resolución. |
04/02/2020 | N/A | ||
C 008 2020 | Artículo Único.- Exhortar al señor Alcalde Metropolitano que, en el ejercicio de las competencias que le asigna el régimen jurídico aplicable y conforme la política dei Página 2 de 3 RESOLUCIÓN No. C 008-2020 iluminación de los espacios públicos: (i) adopte las medidas necesarias tendientes a establecer dentro de las políticas en materia de turismo y seguridad del Distrito Metropolitano de Quito un eje de acción prioritaria que deriven acciones relacionadas con la iluminación y alumbrado ornamental en espacios públicos que permitan mejorar las visitas turísticas en la ciudad y reducir los índices de inseguridad; y, (ii) disponer a las entidades competentes de la municipalidad para que en forma coordinada, generen de manera oportuna los instrumentos necesarios para la formulación en referencia, hasta su implementación. |
28/01/2020 | N/A | ||
C 007 2020 | Artículo 1.- Conmemorar los treinta cuatro (34) años de la primera hazaña de San Silvestre en la que el señor Rolando Patricio Vera Rodas el "Chasqui de Oro", se adjudicó la primera de cuatro victorias (1986, 1987, 1988, 1989), encontrándose hasta la presente fecha como uno de los atletas con mayor cantidad de triunfos en esta competencia internacional. Artículo 2. — Reconocer al señor Rolando Patricio Vera Rodas el "Chasqui de Oro", como ejemplo deportivo para la juventud quiteña y ecuatoriana, por haber conseguido logros nacionales e internacionales en el ámbito deportivo del atletismo. Artículo 3. - Entregar la presente resolución al señor Rolando Patricio Vera Rodas, en acto público que para el efecto se organice. |
28/01/2020 | N/A | ||
C 006 2020 | Artículo único. - Felicitar y reconocer al Cuerpo de Bomberos del Distrito Metropolitano de Quito, Cuerpos de Bomberos que integran la Primera Zona, Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano de Quito, Empresa Pública Metropolitana de Logística para la Seguridad y la Convivencia Ciudadana, Fuerzas Armadas del Ecuador y Policía Nacional del Ecuador; por su destacada labor profesional y compromiso al mitigar el incendio forestal en el cerro Casitagua, garantizando la protección de la ciudadanía y la biodiversidad del Distrito Metropolitano de Quito. |
21/01/2020 | N/A | ||
C 005 2020 | Artículo único. - Aprobar la moción presentada por el concejal Santiago Guarderas, que señala: "Se devuelva el proyecto de resolución que comprende el diseño y planificación, financiamiento, construcción, equipamiento, operación, mantenimiento y reversión del Subsistema de Transporte Público de Pasajeros por cable Metroférico, en la línea Carolina — Cumbayá — Tumbaco a la Comisión de Movilidad, a fin de que se realicen mesas de trabajo al respecto". |
14/01/2020 | N/A | ||
C 004 2020 | Artículo único. - Aprobar la moción presentada por el concejal Rene Bedón, que señala: "Se devuelva a la Comisión de Uso de Suelo, el proyecto de Ordenanza Metropolitana Reformatoria al Título V, que corresponde a las Normas para la Nomenclatura del Distrito Metropolitano, de la Ordenanza Metropolitana No. 001 Código Municipal, sancionada el 29 de marzo de 2019, a fin de que se realice un nuevo análisis y se actualicen los informes pertinentes." |
14/01/2020 | N/A | ||
C 003 2020 | Artículo 1. - Solicitar a la Secretaría de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, a la Agencia Metropolitana de Control y a la Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda, que en un plazo de 30 días, en el ámbito de sus competencias, presenten un informe pormenorizado al Concejo Metropolitano de Quito, que contenga el detalle de los elementos de publicidad exterior fija existentes en el Distrito Metropolitano de Quito, detallando el tipo de publicidad exterior, la administración a la que corresponde, la ubicación, si cuenta o no con una Licencia Metropolitana Urbanística de Publicidad Exterior, y cuándo fue otorgada; así como un registro fotográfico de cada una de ellas. Artículo 2. - Solicitar a la Dirección Metropolitana de Informática, presente un informe sobre las aplicaciones informáticas gratuitas que permitan facilitar la acción de control. Artículo 3. - Solicitar a la Comisión de Codificación que en el plazo de 15 días emita informe sobre la vigencia de los anexos al Código Municipal del Distrito Metropolitano de Quito. |
14/01/2020 | N/A | ||
C 002 2020 | Requerir a la máxima autoridad ejecutiva del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito o a quien éste delegue, solicite a la Unidad Especial Regula Tu Barrio y demás dependencias municipales administrativas competentes la regularización integral y fraccionamiento del predio municipal No. 679362, denominado Lote A-3-6 "El Bosque" de la Hacienda Tajamar, situado en la parroquia Pomasqui (Actualmente Calderón), con sujeción a lo dispuesto en el literal c) del artículo IV. 7.38 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito. |
07/01/2020 | N/A | ||
C 001 2020 | Aprobar la moción presentada por el concejal Rene Bedón, que señala: "Se devuelva el proyecto de ordenanza de aprobación de la Urbanización "Nueva Vista del Sur" a la Comisión de Uso de Suelo, a fin de que este sea analizado nuevamente." |
07/01/2020 | N/A |